La SBS establece límites a la posición global de sobrecompra en moneda extranjera, para reducir los riesgos sobre la posición patrimonial de las empresas,. (Foto: GEC)
La SBS establece límites a la posición global de sobrecompra en moneda extranjera, para reducir los riesgos sobre la posición patrimonial de las empresas,. (Foto: GEC)

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento para la gestión del riesgo de mercado, con el objetivo de reducir el límite a la posición global de sobrecompra en moneda extranjera de las empresas del sistema financiero.

Esta modificación fue establecida mediante la Resolución N° 1882-2020, publicada en el Diario Oficial El Peruano, ante la alta volatilidad que presentan los indicadores de riesgo de mercado por la pandemia del nuevo coronavirus.

De acuerdo con la norma, la posición global de sobrecompra en moneda extranjera no podrá ser superior al 10% del patrimonio efectivo de la empresa; o al promedio de las posiciones globales como porcentaje del patrimonio efectivo que haya registrado la empresa durante el periodo comprendido entre diciembre 2019 y mayo 2020, el que resulte mayor.

Antes de la mencionada la modificación, la posición global de sobrecompra en moneda extranjera era de 50% del patrimonio efectivo de la empresa.

En periodos de turbulencia, y en el contexto de una economía parcialmente dolarizada como la peruana, los cambios bruscos en el portafolio de monedas de las empresas financieras pueden introducir una importante volatilidad en la evolución del tipo de cambio, con el consecuente riesgo sobre la posición patrimonial de las empresas, incluyendo la de las propias entidades financieras, explica la institución en su portal.

Por ello, la SBS ha normado la administración del riesgo cambiario a través de medidas prudenciales como el requerimiento de capital y el establecimiento de límites regulatorios.