Trabajadores de sector público. (Foto: USI)
Trabajadores de sector público. (Foto: USI)

Producto de los ceses colectivos irregulares de los años noventa, la Ley N° 27803 estableció como beneficios para estos trabajadores alternativa y excluyentemente el pago de una compensación económica, jubilación adelantada, capacitación, reconversión laboral y la reincorporación o reubicación laboral.

Beneficio extendido

A la fecha, se aprobaron cinco listas de trabajadores beneficiados con la reincorporación en sus puestos de trabajo en el Estado, pero se tenían que cumplir dos requisitos: que exista una vacante presupuestada y no alcanzar la edad de jubilación (65 años o 70 años según corresponda al régimen laboral aplicable).

Sin embargo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) derogaron los requisitos de contar con una plaza presupuestada y la edad de jubilación para optar por el beneficio de la reincorporación.

Así, desde el 2019, el Gobierno deberá incorporar a 8,855 servidores públicos a los que no se aplicarán los límites presupuestales ni el límite de jubilación, en las primeras 50 entidades ya asignadas (ver tabla).

Fuentes del Gobierno estimaron que el costo anual en remuneraciones, seguros, alquileres, equipamiento y servicios representaría para el Estado un monto anual de S/ 159 millones.

No obstante, alertaron, el presupuesto público para el año 2019 no cuenta con esta asignación.

Restituirán a 8,855 servidores sin límite presupuestal e incluso en edad de jubilación
Restituirán a 8,855 servidores sin límite presupuestal e incluso en edad de jubilación

Problemas

Como a nivel legal (Ley N° 27803) no se derogó los requisitos de plaza presupuestada y no tener más allá de 65 años, existiría una contradicción que aún no se resuelve, ya que ninguna norma reglamentaria puede ir en contra de la ley que le da origen.

Sin embargo, el MTPE viene comunicando a las entidades públicas para que dispongan la reposición de los trabajadores, indicando que es bajo responsabilidad de los titulares de pliego.

Cabe indicar que muchas de las entidades públicas que deben reponer a los trabajadores no cuentan con vacantes para el tipo de perfil laboral de trabajadores retirados hace 25 años, así como dificultades además de presupuestarias en infraestructura.

De otro lado, el Viceministerio de Trabajo conformó un grupo de trabajo con la finalidad de elaborar una sexta lista de trabajadores cesados irregularmente, que tampoco tendrían límite presupuestal ni de edad de jubilación (Res. Viceministerial N° 002-2018-
MTPE-2).

Gestión supo que ante esta situación sobre la reincorporación de personal, que podría ocasionar inestabilidad económica y social, el Congreso prepara una precisión legal en la ley de presupuesto para el 2019 para limitar su aplicación, que se aprobaría hoy. Este diario se comunicó con el MTPE y el MEF, pero hasta el cierre de la edición no obtuvimos respuesta.

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