(Foto: GEC)
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Tal como se adelantó en la víspera, el Ministerio de Producción aprobó los protocolos de bioseguridad para la atención de los restaurantes bajo lo modalidad de atención en salón con aforo de 40%, igualmente dio luz verde a la reanudación de esta actividad económica, a excepción de los bares desde el 20 de julio.

¿Qué especifica el protocolo sanitario aprobado por Produce? Esclarece que los restaurantes que opten por brindar el servicio deben cumplir con lo siguiente:

  • Elaborar el “plan para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición de COVID-19”así como lo dispuesto en el presente protocolo sectorial.
  • Todo personal de mediano y alto riesgo de exposición a COVID-19 debe pasar por la prueba serológica o molecular antes de regresar o reincorporarse a su puesto de trabajo. En caso de que el personal sea de bajo riesgo, la aplicación de la prueba será potestativa a la indicación del empleador.
  • Evaluar la clasificación del riesgo de los puestos de trabajo generados en su actividad de acuerdo a las condiciones propias del establecimiento.
  • Implementar una política de no contacto durante el servicio.
  • Brindar el servicio en los horarios que establezcan las autoridades nacionales.
  • El responsable del negocio debe verificar que los proveedores cuenten con la constancia de autorización de reanudación de actividades y que cumplan con los protocolos establecidos ante el COVID-19.
  • Publicar su oferta u otra información necesaria de manera clara y visible en todos los medios por los que se ofrecen los productos y servicios, con la finalidad de evitar el riesgo de contagio.
  • Se recomienda que el Libro de Reclamaciones sea virtual.
  • La documentación de venta, facturas o boletas, deben entregarse preferentemente en forma digital.
  • Recomienda registrar la información necesaria para realizar la trazabilidad en caso de sospecha o confirmación de contagio para tomar las acciones correctivas necesarias. Para ellos se solicitará el consentimiento para el uso de datos personales.
  • Implementar el trabajo remoto o teletrabajo en aquellos puestos que no precisen de asistir al centro de trabajo; así como para los trabajadores con factores de riesgo para COVID-19.
  • Al identificar un caso con fiebre o sintomatología COVID-19, que lleve a la categorización de caso sospechoso, la empresa define los mecanismos que empleará para realizar la toma de la prueba rápida, de presentarse un resultado reactivo del trabajador, comunicará a la familia y se reportara al SISCOVID-19.
  • Colocar puntos de desinfección en el salón.
  • No se utilizará mantelería.
  • Las zonas de recreación, buffets, mesas comunes y salones privados deben mantenerse cerrados.
  • Los ascensores en los restaurantes y servicios afines deben restringirse solo para el acceso de personas con discapacidad, embarazadas y adultos mayores.
  • Habilitar los espacios abiertos como terrazas, jardines o patios como zonas de atención.

-Distribución en salón-

La distribución de las mesas debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Organizar la ubicación de los clientes al ingreso del salón. Se recomienda numerar mesas para facilitar la ubicación y evitar aglomeraciones.
  • La distancia entre los bordes de las mesas del salón cuando los comensales se dan la espalda debe ser de 1.5 metros, de no ser posible esto, implementar separadores físicos.
  • Grupos familiares de 8 personas podrán compartir una mesa en salón.
  • Grupos familiares de 2 personas podrán sentarse juntas en las barras.
  • En las barras la distancia entre clientes solos o grupos familiares debe ser de 2 metros, de no ser posible esto, implementar separadores físicos.
  • La distancia social en la barra entre el personal de atención y el cliente debe ser 2 metros, de no ser posible esto, se podrá implementar separadores físicos.
  • Las zonas de alto tránsito de personal y clientes como pasillos que facilitan el desplazamiento en el salón, deben ser de al menos 2 metros entre los bordes de las mesas del salón.
  • La distribución de mesas y aforo del salón debe realizarse respetando la normativa vigente sobre el distanciamiento social y el uso de equipos de protección personal, bajo responsabilidad de la empresa que brinda el servicio.

-Clientes-

Respecto a los clientes, el protocolo de bioseguridad establece:

  • La empresa no brindará atención a los clientes que no cumplan con las medidas preventivas establecidas.
  • Antes del ingreso al salón: Verificar el uso de mascarilla y el estado de conservación e higiene. En caso se evidencie que la mascarilla se encuentra en mal estado de conservación e higiene, la empresa debe facilitar una mascarilla nueva al cliente.
  • Controlar la temperatura con termómetros infrarrojos. Se debe restringir el acceso a los clientes con temperatura corporal mayor a 38°C e indicarles acudir al centro de salud más cercano.
  • Colocar medios para la desinfección del calzado (pediluvios, tapetes, rociadores entre otros).
  • Comunicar al cliente que el lavado con agua y jabón y/o desinfección de manos es obligatorio.
  • Dentro del salón: Los precios y disponibilidad de platos deben ser difundidos mediante carteles informativos, publicaciones virtuales, medios digitales o en individuales de papel descartables.
  • El armado de las mesas se deberá realizar en presencia de los comensales, evitando la exposición innecesaria de las vajillas, utensilios, etc.
  • Tomar el pedido a través de medios digitales o del personal de servicio.
  • De ser posible implementar medios auxiliares para el traslado de pedidos (carritos, gueridón, etc.).
  • Indicar a los clientes que el retiro de la mascarilla debe realizarse al momento de consumir los alimentos, posterior a ello deben volver a colocársela.
  • A la salida del salón: Hacer uso de EPP y desinfectarse las manos.
  • Medios de pago del cliente: Se debe preferir pagos con sistemas virtuales, en caso de usar tarjetas o pagos en efectivo, se deben desinfectar las manos después de cada operación.


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