Redacción Gestión

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicó un reglamento donde se precisa procedimientos y conceptos para la devolución de los aportes del . En la norma se señala que el registro de historial laboral de los solicitantes vence el 31 de agosto de este año.

Para la verificación del historial laboral, las entidades del sector público, incluyendo las empresas del Estado; así como las empresas e instituciones del sector privado que sean requerida por la Comisión Ad Hoc que lleva a cabo la devolución, deben entregar información solicitada en un plazo máximo de 120 días desde el pedido correspondiente.

El Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios se conforma en base a los fonavistas que luego del procedimiento de verificación cuentan con la respectiva cuenta individual de periodos de aportes. El padrón se aprueba semestralmente.

El reglamento precisa que la devolución de los aportes se efectuará priorizando a los mayores de 65 años o personas con discapacidad. Luego a los beneficiarios entre 55 y 65 años; y finalmente a los menores de 55 años.

La norma se aprobó en cumplimiento de la Ley de Presupuesto Fiscal del año 2014 y precisan que los aspectos operativos se financian con cargo al presupuesto institucional del MEF.

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