La Comisión de Protección Social, formada por el Gobierno en enero y liderada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), hará público el próximo lunes 13 de noviembre su informe final.

Una de sus conclusiones recomendaría incorporar en el sistema de pensiones a los trabajadores independientes a través de otras formas de contribución distintas al descuento en planillas que se aplica a los trabajadores formales.

Así, los trabajadores independientes contribuirían a través de una afiliación automática, pero voluntaria (respecto a la desafiliación), por medio de aportes en sus recibos de consumo con amplia penetración (telefonía, electricidad y agua), así como los impuestos y los permisos municipales.

Los aportes se destinarían a una cuenta de capitalización individual, similar al sistema que aplican las administradoras de fondos de pensiones (AFP), con manejo de rentabilidad y otros, complementados con un subsidio del Estado, para evitar la desafiliación de los independientes.

Seguridad en saludEn cuanto al sistema de salud, la Comisión de Protección Social sugeriría una integración de los sistemas existentes con una autoridad única.

De esta manera, se evitarían las duplicidades de las prestaciones actuales del sistema administrado por Essalud, adscrito al Ministerio de Trabajo; así como el Sistema Integrado de Salud, adscrito al Ministerio de Salud.

También se contempla tener una base mínima de prestación social en salud universal, que sería mejorada en cobertura y aportes por trabajadores dependientes e independientes.

Seguro de desempleoOtra conclusión de la Comisión de Protección Social respecto al seguro de desempleo sugeriría que resulta inviable.

El seguro de desempleo para ser efectivo requiere de una tasa de formalidad mayor: la informalidad laboral llega al 72%; y en el caso de los jóvenes de 18 a 29 años, a más del 90%.

Asimismo, el seguro de desempleo solo aplicaría ante los casos de despido arbitrario, pero la mayor cantidad de contratación formal en el Perú es contratación temporal, por lo que su desvinculación es por el vencimiento del plazo, con lo cual la aplicación del seguro tiene un espectro muy reducido.

Por lo tanto, la tasa estimada de la prima de seguro de desempleo entre 2.2% y 3.5% de la remuneración del trabajador sería inviable para competir con la provisión mensual, que actualmente se realiza respecto del ahorro obligatorio para fines de desempleo conocido como compensación por tiempo de servicios, que equivale a 8.33%.