El servicio de reciclaje se vio suspendido durante la cuarentena decretada en el Perú para contener el avance del coronavirus (desde el 16 de marzo), en tanto, ahora se encuentra dentro de las actividades que reiniciarán sus servicios, como parte de la Fase 1 (mayo) de la reactivación económica del país.
Así, partiendo que el reciclaje volverá a reanudarse y que ya se cuenta con un protocolo sanitario para la operación ante el COVID-19 del servicio de reciclaje aprobado por el Ministerio del Ambiente (Minam), la titular de sector Fabiola Muñoz, anunció que el reciclaje y separación de residuos sólidos serán obligatorios en hogares, una medida que cobra importancia considerando que este domingo se celebra el Día Mundial del Reciclaje.
Para Muñoz, la gestión de residuos desde el hogar será una oportunidad para que existan más empresas dedicadas al recojo de residuos orgánicos y para los municipios, quienes podrán reducir el costo de sus operaciones.
Se puede duplicar en meses
Al respecto, el gerente general de la Asociación Recíclame, Renzo Gomero, explicó a Gestión.pe que la cadena de reciclaje inicia en el recojo de los residuos sólidos por parte de los recicladores (asociaciones y operadores), continúa con las empresas minoristas y mayoristas, y culmina con la industria transformadora de esos residuos.
En tanto, consideró que el anuncio desde el Minam acelerará el crecimiento del reciclaje en el Perú, pues a la fecha, de las 20,000 toneladas de residuos sólidos municipales que se recogen al día, solo el 1% son valorizados, el 52% son dispuestos en rellenos sanitarios y el restante 47% son vertidos en botaderos.
Indicó que al ser obligatorio el reciclaje, esto ayudará a que los residuos sólidos sean expuestos de manera regular y se puedan aprovechar en mayor medida. De igual manera, dijo que la industria también se verá beneficiada puesto que habrá mayor material para trabajarlo.
“Si nosotros como ciudadanos empezamos a reciclar más de lo que hacemos en estos momentos, el reciclaje podría duplicarse en estos meses en el mejor de los casos, pero este proceso va a ser gradual”, sostuvo.
Gomero indica que el mayor reciclaje impulsado por una obligatoriedad irá de la mano con la administración de las Municipalidades de cada distrito, pues ello implica que cada municipio deba establecer las mejores vías para que los materiales reciclables lleguen a valorizarse.
Además, dijo que ello involucra impulsar la formalización de los recicladores, más aún en esta pandemia en donde la higiene personal y los implementos se seguridad cobran importancia.
En este último punto, precisó que el protocolo aprobado por el Minam ayudará a esa formalización.
El protocolo
Esta semana el MINAM publicó el protocolo sanitario para la operación ante el COVID -19 del servicio de reciclaje, la cual establece los criterios que regulan las medidas y acciones de prevención, control y respuesta durante el servicio de reciclaje, para prevenir la transmisión y propagación del COVID-19.
Dicho protocolo aplica a las asociaciones de recicladores, empresas operadoras de residuos sólidos y empresas intermediarias minoristas o mayoristas que intervienen en el servicio del reciclaje, que comprende actividades de recolección selectiva, transporte, carga y descarga de material, recepción de material, clasificación, acondicionamiento, almacenamiento y comercialización.
Entre las disposiciones, figura el uso obligatorio de Equipos de Protección Personal (EPP) e indumentaria necesaria para el ejercicio de las labores, lo que implica contar con guantes de nitrilo descartables, sin polvo y no quirúrgicos, para las actividades operativas; mascarillas quirúrgicas (de preferencia las que cuentan con fijador metálico) las cuales deben reemplazarse diariamente o cuando se encuentren humedecidas; y careta de protección facial.
Precisa además que al reiniciar actividades, la empresa o asociación de recicladores debe aplicar a cada trabajador, de manera previa a su ingreso, la Ficha de sintomatología COVID-19. Esta ficha también debe ser aplicada a los trabajadores que por algún motivo se reincorporan a la actividad.
En cuanto al servicio de reciclaje, también se establece criterios para iniciar operaciones. Estos son:
- Asociación de recicladores
- Estar inscrito en los registros públicos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).
- Contar con un documento municipal que registre, acredite, reconozca y/o autorice a la asociación de recicladores.
- La asociación de recicladores debe contar como mínimo con 2 miembros.
- La asociación de recicladores o sus miembros deben contar con vehículos propios, alquilados, con sesión en uso u otra modalidad que asegure la recolección selectiva (placa, modelo y capacidad de carga).
- La asociación de recicladores autorizada puede operar únicamente en los distritos de las Provincias de Lima y Callao.
- Empresas Operadoras de Residuos Sólidos
- Estar inscrita en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente o Ministerio de Salud, según corresponda y que se encuentre vigente.
- Contar con autorización municipal para la recolección selectiva mediante contrato, convenio u otro documento.
- La Empresa Operadora de Residuos Sólidos debe contar con vehículos que realizan la recolección selectiva (placa, modelo y capacidad de carga).
- Empresas intermediarias mayoristas
- Tener la condición de empresa con RUC activo y habido.
- Contar con Licencia de Funcionamiento Municipal.
- Facturación de ventas anual mayor a 50 UIT en el año 2019.
- Contar como mínimo 2 trabajadores en planilla
- Vender o abastecer a las empresas industriales que utilizan residuos aprovechables como materia prima, preferentemente nacionales.
- Las empresas pueden operar solamente en la Provincia de Lima y la Provincia del Callao.
- Empresas intermediarias minoristas
- Tener la condición de empresa con RUC activo y habido
- Contar con Licencia de Funcionamiento Municipal.
- Facturación de ventas anual mayor a 25 UIT en el año 2019.
- Contar, como mínimo, con un 1 trabajador en planilla.
- Vender o abastecer a empresas industriales que utilizan residuos aprovechables como materia prima, preferentemente nacionales.
- Las empresas pueden operar solamente en la Provincia de Lima y la Provincia del Callao.