Hoy en día, cuando dos personas del sexo opuesto conviven en un mismo domicilio, libres de impedimento matrimonial y con fines similares a los del matrimonio genera lo que se llama la Unión de Hecho.
Nuestra ley señala que luego de 2 años de vida en pareja bajo el mismo techo, el Estado automáticamente le asigna a las personas un régimen de sociedad de gananciales.
Es decir, las personas de pronto, aún si no lo quieren, tienen bienes compartidos con sus parejas. Esto hace que, al momento de la muerte de uno de los dos, la pareja se vuelve heredera prioritaria de los bienes del otro.
Consecuencias económicas
¿Qué quiere decir esto? Que el conviviente supérstite hereda los bienes del otro con prioridad sobre los padres, hijos y hermanos del difunto.
Asimismo, para poder disponer de los bienes que se han adquirido una vez que se ha instituido la sociedad de gananciales se requiere el consentimiento de la pareja. Los bienes adquiridos dejan de ser propios, se vuelven conjuntos.
Muchas parejas han mostrado su preocupación con esta asignación automática. La solución, hasta ahora, es casarse y elegir el régimen de separación de patrimonios, donde los bienes son de cada uno y no conjuntos.
El Cambio propuesto
Sin embargo, esto podría cambiar. El nuevo anteproyecto del Código Civil, elaborado por un grupo de trabajo designado por el Poder Ejecutivo ya ha sido publicado. Entre sus propuestas se encuentra modificar la unión de hecho.
Con la incorporación de lo que sería el nuevo artículo 326-A, se propone que las personas que formen parte de una unión de hecho puedan acercarse a una notaría para solicitar que se les aplique el régimen de separación de bienes, cambio que deberá ser inscrito en los registros públicos.
De acuerdo a Enrique Varsi, miembro del grupo de trabajo, era necesario que los convivientes contarán con esta opción, ya que de lo contrario, no se les estaría otorgando un derecho que tiene todo matrimonio, al cual se les quiere asemejar.
¿Les parece correcto? ¿Qué otro cambio debería darse con respecto a esta institución? Pueden enviar sus comentarios y sugerencias acerca de temas legales a tratar a gabriel.ohara@diariogestion.com.pe