Redacción Gestión

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La (ProInversión) modificó las bases del proceso de concesión del con el objetivo de hacer más estrictos los requisitos técnicos que deberán cumplir los postores.

El Comité de ProInversión en Proyectos de Seguridad Energética () estableció que los postores interesados deberán demostrar que en los últimos 15 años hasta la fecha de presentación del Sobre N° 1 (22 de mayo), haya administrado, gestionado o dirigido un proyecto de por lo menos un gasoducto.

Ello considera desde los estudios de ingeniería hasta la operación comercial, y el proyecto deberá ser de un gasoducto con una longitud de no menos de 250 kilómetros y con un diámetro de no menos de 22 pulgadas.

Cabe señalar que ese mismo postor deberá demostrar una experiencia mínima de cinco años (consecutivos o no) en los últimos 15 años a la fecha de presentación del Sobre N° 1, en la operación y mantenimiento de sistemas de transporte de gas natural por ductos que cumplan ciertos requerimientos mínimos.

Para acreditar el cumplimiento de los requisitos anteriores, la documentación que los postores deben presentar incluirá la información suficiente o necesaria que permita satisfacer conjuntamente los requisitos previamente mencionados, indicando el nombre y la localización de cada proyecto.

Para efectos de acreditar la experiencia mínima de cinco años (consecutivos o no), el postor deberá presentar, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes documentos: copias de hojas de los contratos, tales como caratula, objeto, alcance y firmas del contrato (no el contrato completo) o documentos de clientes que avalen dicha experiencia.

Mientras que para acreditar la experiencia de administrar, gestionar o dirigir un proyecto de por lo menos un gasoducto, el postor deberá presentar el o los contratos firmados para la contratación de empresas que se encarguen de elaborar los estudios de ingeniería; un estudio ambiental; para obtener el financiamiento del gasoducto; y para la ejecución de ingeniería y construcción.

En caso los postores no cuenten con los contratos antes indicados, éstos podrán presentar documentos equivalentes a los antes mencionados.

El postor podrá acreditar la experiencia que se exige directamente o mediante una de sus empresas vinculadas, en caso sea una persona jurídica; o a través de unos de sus integrantes o las empresas vinculadas de éstos, en caso de un consorcio, para lo cual deberá indicar cuál de los integrantes o empresas vinculadas tiene la experiencia requerida.