La entidad anunció que esta primera temporada de pesca de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) culminará el próximo 15 de agosto, según la Resolución Ministerial 263-2020-Produce. (Foto: Produce)
La entidad anunció que esta primera temporada de pesca de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) culminará el próximo 15 de agosto, según la Resolución Ministerial 263-2020-Produce. (Foto: Produce)

El Ministerio de Producción (Produce) informó que a una semana de culminar la primera temporada de pesca 2020, fijada para el próximo 15 de agosto, el volumen de la captura de anchoveta alcanzó el 97.96% del límite máximo permitido con un desembarque de 2′363.858 toneladas.

De acuerdo con la entidad, los principales puertos, donde se vienen realizando las descargas son de la zona norte-centro como: Bayóvar, Malabrigo, Coishco, Chimbote, Samanco, Supe, Vegueta, Carquín, Chancay, Callao, Tambo de Mora y Paracas (Pisco).

La entidad anunció que esta primera temporada de pesca de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) culminará el próximo 15 de agosto, según la Resolución Ministerial 263-2020-Produce, publicada este viernes en el Diario El Peruano, la cual señala que la descarga del recurso anchoveta debe ser efectuada dentro de las 24 horas de concluida la temporada.

La primera temporada se inició el pasado 13 de mayo, con una cuota disponible de 2′413,000 toneladas, superior en 17.4% frente a lo dispuesto en la temporada similar del 2019.

El incumplimiento de lo dispuesto en la norma será sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca, la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y demás disposiciones legales aplicables.

Las direcciones generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo descrito anteriormente.

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