(Foto: Congreso/Facebook)
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El parlamento aprobó por insistencia -con 123 votos- el proyecto de ley, que fue observado por el Ejecutivo, y que modifica la Ley Orgánica de Municipalidades, brindando una serie de definiciones y prerrogativas a los centros poblados de todo el país. De esta medida se beneficiarán cerca de 2,470 centros poblados.

Con esta ley, las municipalidades de los centros poblados son declaradas como “órganos del gobierno local, encargados de la administración y ejecución de las funciones y los servicios públicos que le son delegados”.

Igualmente se faculta a las municipalidades de los centros poblados a que en la ordenanza de creación se precise sus “atribuciones administrativas y económico-tributarias”.

En el artículo 131 se establece -además- que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, “asigna una dieta mensual al alcalde de municipalidad de centro poblado ascendente a la fijada para los regidores distritales”.

En el artículo 133 especifica que se le brinda a los centros poblados la facultad de ejecutar intervenciones con los recursos que le brinden los arbitrios recibidos por la prestación efectiva de servicios públicos locales delegados.

El Ejecutivo observó esta norma alegando que con esta ley -por medio de una ordenanza de la municipalidad provincial- se le otorga facultades tributarias a las municipales de los centros poblados, es decir, la facultad de crear tributos para la obtención de recursos.

Lo que transgrede el articulo 74 de la Constitución que explica que son los gobiernos locales los que pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción.


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