Redacción Gestión

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El Perú, en defensa de sus intereses, mantiene su derecho de solicitar la revisión del Informe del Grupo Especial ante el Órgano de Apelación de la OMC, de conformidad con los procedimientos de dicha organización, informó hoy el gobierno peruano.

El año pasado Guatemala denunció al Perú ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) argumentando que los derechos arancelarios resultantes de la aplicación del Sistema de Franja de Precios (SFP) del Perú, son incompatibles con la normativa de la OMC.

La OMC resolvió la denuncia presentada por Guatemala contra el Perú mediante el Informe del Grupo Especial de la organización que señala, entre otras cosas, que dichos derechos constituyen un gravamen variable a la importación, lo cual sería incompatible con el artículo 4.2 del Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC.

Ello fue informado por la Secretaría de la OMC a sus países miembros el Informe del Grupo Especial encargado del procedimiento de solución de diferencias iniciado en abril del 2013 por Guatemala.

Además, el Grupo Especial desestimó la alegación de Guatemala respecto a que los derechos arancelarios resultantes del SFP constituirían un precio mínimo de importación.

Agregó que, dado que dicho país impugnó los derechos arancelarios resultantes del SFP y no el sistema como tal, el Grupo Especial también desestimó el pedido de Guatemala de eliminar el mecanismo del SFP, limitándose a señalar que el Perú deberá efectuar las adecuaciones necesarias para eliminar las supuestas incompatibilidades con la normativa de la OMC.

Al respecto, el gobierno peruano afirmó que no comparte las conclusiones del Grupo Especial en relación a las supuestas vulneraciones del Acuerdo sobre la Agricultura y del GATT de 1994, pues considera que los derechos resultantes de la aplicación del SFP son compatibles con sus obligaciones en el marco de la OMC.

Finalmente, indicó que la circulación de este informe pone fin a la instancia del Grupo Especial, la cual constituye la primera etapa del proceso de solución de diferencias en la OMC.