Poder Judicial
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El Poder Judicial promulgó hoy el reglamento de la Ley que crea el (Redam), que incluirá a los padres que incumplan con el pago de tres cuotas sucesivas o alternadas de sus obligaciones alimentarias.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 008-2019-JUS, el Redam será administrado por el Poder Judicial, que deberá asegurar su correcto funcionamiento, así como su acceso directo y gratuito a cualquier persona, institución pública o privada, en especial a través de su portal web.

Este registro electrónico contendrá la información judicial del alimentario moroso. Asimismo, permitirá a los usuarios obtener un certificado de registro positivo o negativo.

La inscripción se puede efectuar de oficio o a pedido de parte. En este último caso, la persona solicitante debe llenar un formato y presentarlo ante el juzgado que emitió la orden judicial o a quien le corresponde ejecutar el acuerdo conciliatorio.

El deudor puede solicitar la cancelación de la inscripción al Redam, siempre que acredite haber cumplido del pago de la deuda alimentaria.

El Juez resuelve la solicitud de levantamiento de la inscripción en un plazo máximo de tres días hábiles y hace llegar su resolución al Redam en un día hábil.

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