El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones () notificó a las 4 operadoras de telecomunicaciones una medida cautelar para suspender temporalmente la comercialización de los planes ilimitados de Internet.

Como se recuerda a inicios de noviembre , Claro, Movistar y Bitel lanzaron diversos planes 'ilimitados' para el servicio de datos y voz.

El ente regulador tomó esta decisión ante restricciones de las ofertas ilimitadas, así como la falta de información sobre las condiciones de uso.

Alberto Arequipeño, gerente general de Osiptel, explicó que la suspensión de la comercialización de planes ilimitados seguirá vigente hasta que las operadoras se adecuen al marco legal vigente para que brinden información veraz y adecuada de los planes ilimitados.

"La medida continuará hasta que brinden información exacta, correcta, veraz y fácilmente accesible para todos los usuarios de los servicios móviles", dijo.

En esa línea, señaló que las operadoras no han detallado ante los "canales pertinentes" como el Sistema de Registro de Tarifas del Osiptel o en los canales de atención al público las restricciones de los 'ilimitados'.

¿Hasta cuándo será la suspensión de la comercialización de planes ilimitados? Al respecto el funcionario detalló que la medida seguirá vigente hasta que las empresas cumplan con brindar información necesaria para que los usuarios sepan elegir con conocimiento de las limitaciones.

"La medida cautelar es de inmediato cumplimiento por los cual se le brinda un día hábil a las empresas para que cumpla con lo ordenado y esto significa que deberá suspender (la comercialización de sus planes ilimitados) hasta que nos informen – lo que estará sujeto a fiscalización – que han cumplido con brindar toda la información necesaria para que los usuarios que eventualmente contraten estos planes sepan que están sujetos a ciertas restricciones", advirtió.

El regulador subrayó que las empresas operadoras tienen un día hábil para implementar esta decisión (suspender la comercialización de sus planes ilimitados) de lo contrario incurren en falta grave y pueden recibir sanciones que van desde 51 UIT (S/ 202,500) hasta 150 UIT (S/ 607,500).

Además tienen un plazo de 10 días hábiles para adecuarse a la normativa vigente sobre información adecuada a los usuarios, a fin de que Osiptel lo evalúe antes de autorizar su comercialización.