Como parte de las facultades legislativas que el Congreso le otorgó por 90 días, el Gobierno emitió una norma que modifica la Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizados por las municipalidades en las áreas de dominio público, para establecer reglas uniformes para los operadores.

Mediante Decreto Legislativo Nº 1247, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se modifica el artículo 19 de la Ley N° 30477, de acuerdo al texto siguiente:

19.1 Las empresas públicas, privadas y mixtas prestadoras de servicios públicos cumplen con lo siguiente:

a) Reordenar o reubicar las redes de cableado aéreo y los postes en las áreas de dominio público, conforme se coordine entre las empresas de servicio público con la correspondiente municipalidad, considerando las mejores prácticas internacionales.

b) En todo centro histórico no está permitido el tendido de cableado aéreo, excepto cuando al evaluar la posibilidad de instalar cableado soterrado el Ministerio de Cultura determine que esta instalación afectará el Patrimonio Histórico de la Nación.

19.2 Las disposiciones establecidas en la presente Ley se aplicarán en concordancia con lo dispuesto en la Ley 29022, Ley para el fortalecimiento de la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, y cautelando el cumplimiento de lo previsto la Ley 29904, Ley de promoción de la banda ancha y construcción de la red dorsal nacional de fibra óptica".

"Lo que se busca con esta propuesta es simplificar y hacer más expedito los procedimientos administrativos para la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones", explicó ayer el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala.

La norma indica que se hacen estas modificaciones por consideraciones de predictibilidad y seguridad jurídica, para establecer reglas uniformes y claras para los operadores del mercado de servicios públicos de telecomunicaciones, respecto de la aplicación de un solo procedimiento administrativo de aprobación automática para la instalación de infraestructura.

El decreto legislativo está rubricado por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; el jefe del Gabinete Ministerial, Fernando Zavala, y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Martín Vizcarra.