El (OEFA) sancionó a con 12,283.90 UIT (equivalente a S/ 49,749,795), por los derrames de petróleo crudo ocurridos en el en las zonas de Imaza (Amazonas) y Morona (Loreto), el 25 de enero y 2 de febrero del 2016, respectivamente.

Se trata de la multa más alta impuesta hasta la fecha por el , contra la que cabe que Petroperú interponga un recurso de reconsideración o apelación dentro de los 15 días de notificada la resolución de sanción.

La autoridad de fiscalización ambiental sancionó a por el incumplimiento del compromiso establecido en su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) referido a realizar las acciones de mantenimiento del Oleoducto, generándose dos derrames que causaron daño real a la flora, fauna y a la vida o salud humana.

Asimismo, en ambos derrames se sancionó a Petroperú por no adoptar acciones inmediatas de acuerdo a su Plan de Contingencia para evitar que el hidrocarburo siga discurriendo y migrando a otros lugares.

La multa reconoce que el incumplimiento de los compromisos ambientales afectó la provisión de determinados servicios ecosistémicos brindados por las áreas impactadas por los derrames, generando, en consecuencia, daños a la salud de las personas.

El procedimiento administrativo sancionador que se siguió contra contó con la participación, como terceros con legítimo interés, de Wrays Pérez Ramírez, presidente del Gobierno Territorial Autónomo de la Nación Wampis, y de las ONG Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (Idlads).

OEFA informa que, en un procedimiento diferente, se ha ordenado a Petroperú ejecutar acciones de limpieza y rehabilitación ambiental en las áreas impactadas por los derrames, lo que viene siendo objeto de verificación.