Redacción Gestión

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El (MTPE) declaró improcedente la huelga nacional indefinida convocada por el (Sunafil) para el próximo lunes 23 de mayo, por no cumplir con las disposiciones contempladas en el Reglamento de la Ley del Servicio Civil.

Según detalla el , el articulo 80 del reglamento de la Ley de Servicio Civil (LSC), el pliego de reclamaciones del sindicato de inspectores de trabajo de Sunafil (el pago del bono por función inspectiva, el otorgamiento de uniformes, ropa de trabajo, exámenes médicos y entre otros) ha sido observado, ya que estos se encuentran vinculados con determinados intereses profesionales y gremiales.

A lo que se suma – precisa el ministerio – de que el sindicato no informó a la respecto de la adopción de la medida de huelga, puesto que no se ha adjuntado copia del acta de votación.

Tal como lo indica el reglamento de la Ley de Servicio Civil, la entidad pública debe ser comunicada con una anticipación de quince días calendario, plazo que en esta ocasión no se ha cumplido.

De otro lado, agrega que existen contradicciones en relación a la decisión adoptada por el sindicato de inspectores, por no existir la certeza de que esta haya sido de voluntad mayoritaria de los trabajadores afiliados, requisito necesario para que se lleve a cabo dicha huelga.

Finalmente, la norma indica que el sindicato de inspectores no ha cumplido con la entrega formal de la lista de inspectores que garanticen la continuidad del trabajo, tanto en acciones de fiscalización como de comparecencia que realiza a diario .