La compañía recibió seis sanciones del Osiptel. (Foto: GEC)
La compañía recibió seis sanciones del Osiptel. (Foto: GEC)

Se acabo el misterio. El (MTC) inició -en setiembre del 2018- una evaluación de oficio sobre la validez jurídica de la asignación del espectro en la banda 2.5 GHz (para provincias) a la empresa de telecomunicaciones Bitel, sucedido en diciembre del 2017.

Así tras la citada revisión -a la que calificó de rigurosa-  determinó que la Resolución Directoral Nº 690-2017-MTC/27 (que asignaba la citada banda a Bitel) fue emitida conforme al ordenamiento legal, vigente a la fecha de la referida asignación; y que cumple con los requisitos de validez del acto administrativo, por lo que no existe sustento para declarar su nulidad de oficio.

En efecto, el establece que los mecanismos para el otorgamiento de concesión y asignación de espectro radioeléctrico se realizaban a través de solicitud de parte, como fue el caso de Bitel, o mediante concurso público de ofertas.

En la evaluación realizada por el MTC a la Resolución Directoral Nº 690-2017-MTC/27, se concluye que el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias señala, que la solicitud de asignación de espectro, que motiva dicha resolución, no está sujeta a concurso público, ni existía restricción en la disponibilidad de frecuencia.

Asimismo, tampoco se emitió un decreto restringiendo o limitando el número de concesionarios para la Banda 2.5 GHz en provincias.

A lo que se añade que a la fecha de la Resolución, no se encontraba vigente la reserva de asignación de bandas, puesto que estas se efectuaron con posterioridad a la asignación. Es preciso aclarar, que la actual gestión, determinó que las bandas de frecuencia –incluso en provincias– deben ser asignadas mediante concurso público, con el objeto de salvaguardar el recurso escaso como es el espectro radioeléctrico.

Mayor compromiso de cobertura 

Sin perjuicio al pronunciamiento del MTC respecto a la asignación de la frecuencia 2.5 GHz a la empresa Bitel, el viceministerio de Comunicaciones remitirá todo el expediente administrativo a la para la revisión correspondiente, en el marco de sus competencias, en aras de la transparencia y controles posteriores.

La empresa Bitel deberá participar del reordenamiento, lo que representa mayores metas de uso y obligaciones de cobertura en zonas alejadas o de preferente interés social.

El ha tomado conocimiento que los equipos destinados al uso del espectro radioeléctrico en la banda 2.5, en las 183 provincias a nivel nacional autorizadas por la Resolución Directoral, cuya validez se ha confirmado, ya se encuentran en producción.

El efectuará las acciones que corresponden para el cumplimiento estricto de las condiciones y obligaciones contenidas en dicha Resolución Directoral de asignación de espectro radioeléctrico.