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Las compañías mineras que incumplan con presentar la declaración anual consolidada (DAC) serán multadas con hasta 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/62,250.

El Ministerio de Energía y Minas () aprobó la escala de multas para las empresas que cometan esta infracción.

Para el régimen general (mediana y gran minería), la sanción será de 15 UIT. Se cobrará el 65% en caso de haber una sola ocurrencia. Si suceden dos o más, se aplica el 100% de la multa.

Para el pequeño productor minero la multa es de 2 UIT. Con una sola ocurrencia se cobrará el 60% del monto. De la misma manera, con dos o más se cobra el total.

Por último, la sanción para el productor minero artesanal asciende a 1 UIT. En este caso, con una ocurrencia se cobrará el 50% de la multa. Si hay dos o más, aplica el 100%.

Las compañías tendrán hasta 30 días hábiles desde la fecha de notificación de la resolución respectiva para pagar la multa. Aplica el valor de la UIT vigente a la fecha de pago.

La medida fue dictada vía Resolución Ministerial Nº 483-2018-MEM/DM, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.