Foto 6 | El 31% de la cartera de seguros está en bonos corporativos. El 31% de la cartera de inversión de las compañías de seguros locales estaba invertido en bonos de corporaciones (grandes compañías no financieras) al cierre del 2017, según un reporte de Moody’s. En tanto, el 19% del portafolio está expuesto a bonos soberanos peruanos y 13% está invertido en bonos emitidos por entidades del sistema financiero local, detalló Moody’s. El resto de la cartera está compuesto por acciones y fondos mutuos (11%), inmuebles (8%), depósitos a plazo (3%) y otros instrumentos (15%), según el informe. Si bien la rentabilidad del sector aún es sólida (12% al cierre del 2017), sigue una tendencia decreciente desde el 2014, cuando alcanzó un nivel de 18%, indicó la clasificadora de riesgo (Foto: Andina).
Foto 6 | El 31% de la cartera de seguros está en bonos corporativos. El 31% de la cartera de inversión de las compañías de seguros locales estaba invertido en bonos de corporaciones (grandes compañías no financieras) al cierre del 2017, según un reporte de Moody’s. En tanto, el 19% del portafolio está expuesto a bonos soberanos peruanos y 13% está invertido en bonos emitidos por entidades del sistema financiero local, detalló Moody’s. El resto de la cartera está compuesto por acciones y fondos mutuos (11%), inmuebles (8%), depósitos a plazo (3%) y otros instrumentos (15%), según el informe. Si bien la rentabilidad del sector aún es sólida (12% al cierre del 2017), sigue una tendencia decreciente desde el 2014, cuando alcanzó un nivel de 18%, indicó la clasificadora de riesgo (Foto: Andina).

La Superintendencia del Mercado de Valores () autorizó la difusión del proyecto de modificación del Reglamento de , que contiene propuestas adicionales a las que se vienen difundiendo actualmente en el Portal del Mercado de Valores, las que se enmarcan en la Ley N° 30708, ley que promueve el desarrollo del mercado de capitales.

En la Resolución SMV N°016-2018-SMV/01 se señala que el proyecto de modificación busca mejorar la competitividad y dar un mayor impulso a la , a través de la incorporación de un título referido a fondos mutuos dirigidos exclusivamente a inversionistas institucionales, en el que –reconociendo las particularidades de este tipo de inversionistas– se les permite contar con reglas más flexibles en términos de inscripción y gestión de sus inversiones, entre otros.

A dicho fin, se propone la inscripción automática de este tipo de fondos, y se les facilita establecer sus propias reglas sobre límites de apalancamiento y criterios de diversificación, los que deben constar en el respectivo reglamento de participación.

Del mismo modo, se reduce de 0.75 % a 0.02 % la exigencia de capital mínimo que las Sociedades Administradoras deben mantener como capital adicional sobre el total de los patrimonios que administran, reduciéndose de manera considerable los costos operativos por la , haciéndolos más competitivos respecto de sus pares de la Alianza del Pacífico.

Adicionalmente, se le reconoce a la institución de compensación y liquidación de valores la posibilidad de actuar como custodio de los activos de los fondos mutuos, considerando su experiencia en la liquidación de operaciones y su solvencia patrimonial respecto de otras entidades supervisadas. Asimismo, se faculta a los custodios a realizar funciones complementarias, como llevar la contabilidad del fondo y la valorización de las cuotas del mismo.

El proyecto de modificación del Reglamento de Fondos Mutuos se difundirá hasta el 17 de junio del año en curso, en el , plazo durante el cual se espera recibir comentarios, los que podrán presentarse en la Oficina de Trámite Documentario de la SMV.