Ante la situación que atraviesa el país a consecuencia del Niño costero, la (SMV) dispuso que las sociedades emisoras con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV) y cuyas sedes de producción u operación se ubican en zonas de emergencia se le otorgará una prórroga de 30 días calendarios para la presentación y aprobación de sus correspondiente al 2016.

Así como de otros documentos como la memoria anual correspondiente al ejercicio 2016; información financiera consolidada auditada anual correspondiente al 2016; información financiera intermedia individual o separada correspondiente al 31 de marzo de 2017; información financiera intermedia consolidada correspondiente al 31 de marzo de 2017 y el primer reporte de información sobre grupo económico preparado de conformidad con el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupos Económicos, aprobado por Resolución SMV N° 019-2015-SMV/01.

También dispone la prórroga por 30 días calendario del plazo límite para la presentación de los informes de clasificación de riesgo correspondiente a la información financiera anual auditada del ejercicio 2016 de las empresas que se acojan a esta medida excepcional.

¿Cómo acogerse a este beneficio?

La indicó que las empresas que se acojan al referido aplazamiento deberán remitir, hasta el día del vencimiento de la obligación que corresponda, una comunicación en calidad de hecho de importancia, manifestando su decisión de admitir la extensión de la fecha de presentación y precisar la zona en la que se encuentra su sede o áreas principales de producción u operación, así como el Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia.

Esta medida entró en vigencia el último domingo 26 de marzo del año en curso.