Redacción Gestión

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El MEM publicó un decreto supremo que modifica el Decreto Supremo 013-2015-EM sobre la cuota de hidrocarburos en la región , para permitir excepcionalmente a los operadores de establecimientos de venta de combustibles surtir hasta un máximo de diez galones de gasolinas y/o gasoholes, por día, en envases que no sean de vidrio o material frágil.

Señala que, de acuerdo con un informe cursado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), en determinadas zonas urbanas del departamento de Madre de Dios, no se registran , por lo que resulta necesario establecer nuevas cuotas de hidrocarburos.

Asimismo, se denominará como "consumidor menor" a la persona que adquiere en el país Diesel BX, gasolinas y/o gasoholes para uso propio y exclusivo en sus actividades y que cuenta con capacidad de almacenamiento, la cual podrá ser en cilindros u otros recipientes, para recibir y almacenar mayor a diez y hasta 264 galones para el caso del Diesel BX y mayor a diez y hasta 110 galones para el caso de gasolinas y/o gasoholes.

La norma indica que para el abastecimiento de hidrocarburos de las actividades de minería artesanal y pequeña minería, así como de actividades productivas relacionadas al aprovechamiento de castaña y madera, actividades de ecoturismo, agropecuarias, pesca, transporte fluvial, construcción y obras públicas como consumidores menores, los titulares de dichas actividades deberán inscribirse en el Registro de Hidrocarburos a cargo del Osinergmin.