Poder Judicial recordó que sentencias condenatorias se cumplen provisionalmente aunque se interponga recurso contra ellas. (Foto: GEC)
Poder Judicial recordó que sentencias condenatorias se cumplen provisionalmente aunque se interponga recurso contra ellas. (Foto: GEC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decidió otorgar, de manera excepcional y por única vez, una bonificación por el monto de S/ 3,000 a favor del personal administrativo y jurisdiccional del Poder Judicial y del Ministerio Público, sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 276 (Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público), con excepción de los jueces y fiscales.

De acuerdo a un Decreto Supremo publicado hoy en la separata de normas legales del diario El Peruano, esta bonificación no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales.

Para la percepción de la bonificación, el personal administrativo y jurisdiccional del Poder Judicial y del Ministerio Público, sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 276, deberá tener vínculo vigente con la entidad, a la fecha de entrada en vigencia de este Decreto Supremo.

Además, tiene que prestar servicios efectivos a favor de la entidad, o estar gozando del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibir los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

De acuerdo al Decreto Supremo, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 1’695,000, a favor de los pliegos del Poder Judicial y Ministerio Público, para financiar el pago de la bonificación establecida.