Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). (Foto: GEC)
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). (Foto: GEC)

El ministerio de Economía y Finanzas elevó los topes de financiamiento para la ejecución de proyectos de inversión vía el mecanismo de Obras por Impuestos (OxI), que ahora alcanza los S/ 11,869 millones, para los compromisos hasta junio del 2020, así lo informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)

Este topes máximo es para los proyectos presentados por los gobiernos regionales, locales y universidades, con un aumento en S/ 1,504 millones respecto a lo aprobado en el 2018.

Cabe indicar que, a través del mecanismos de obras por impuestos, son las inversiones privadas las que escogen diversos proyectos para ejecutar las obras en las regiones, municipios o universidades, y tras una evaluación de la autoridad se emiten certificados a cambio de los impuestos que pagarán las empresas.

En el caso de las regiones, el incremento de los topes para que la inversión privada se eleve es de 27% respecto al 2018. “De esta manera, las regiones tienen la capacidad para financiar proyectos de inversión, a través de las OxI, por hasta S/ 1,874 millones”, sostiene el MEF en un comunicado.

Algunos topes para la inversión privada vía obras por impuestos

  1. Ancash, que tiene un tope máximo de S/ 569 millones
  2. Callao (S/ 358 millones)
  3. Cusco (S/ 233 millones)
  4. (S/ 102 millones).

Del mismo modo, para los gobiernos locales o municipios, el monto de capacidad de endeudamiento para OxI aumentó en 11%, lo que les permite comprometer proyectos por hasta S/ 9,039 millones, S/ 855 millones más respecto a lo aprobado el año anterior.


Universidades

Para el caso de las universidades se incrementó en 30%. De esta manera, las 52 instituciones educativas estatales manejan una capacidad para comprometer proyectos, vía el mecanismo de OxI, de hasta S/ 956 millones, con un promedio de S/ 18 millones para cada una.

EL MEF precisa que, para el cálculo de los topes máximos, se considera los flujos transferidos por concepto de recursos provenientes del canon, sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones de dos años anteriores al cálculo. Asimismo, se toma en cuenta: el presupuesto institucional de apertura del presente año fiscal, los montos de inversión de los convenios y adendas suscritos, entre otros.


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