Empresas del sector privado que no registren el CCI no podrán acceder al subsidio.
Empresas del sector privado que no registren el CCI no podrán acceder al subsidio.

Más de 165,000 empresas del sector privado que tienen trabajadores en planilla que ganan hasta S/ 1,500, ya registraron vía Internet su Código de Cuenta Interbancario (CCI) ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), para acceder al subsidio destinado a preservar el empleo ante el impacto de la pandemia del coronavirus (Covid-19).

El trámite virtual se puede realizar las 24 horas del día en SUNAT Operaciones en Línea, a la que deben ingresar los empleadores con su número de RUC y Clave Sol, para luego seleccionar la opción Registro CCI– Subsidio DU 033-2020.

El plazo para realizar este procedimiento culmina el martes 7 de abril y aquellos empleadores del sector privado que no registren el CCI no , equivalente al 35% de la remuneración de cada trabajador que perciba, siempre que no sea superior a los S/ 1,500.

El Decreto de Urgencia N° 033-2020 establece que la SUNAT se encarga, entre otros aspectos, de registrar los CCI de los empleadores del sector privado y remitir el informe respectivo al , para que este posteriormente, abone el subsidio según corresponda.

Están excluidos del subsidio, de acuerdo al citado decreto, aquellos empleadores que al 31 de diciembre de 2019 mantenga deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020; o que se encuentren en proceso concursal”, recordó la Sunat.

También aquellos que están dentro de los alcances de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el presente Decreto de Urgencia.

El mencionado decreto señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, podrá aprobar, de resultar necesario, criterios adicionales de exclusión.

TE PUEDE INTERESAR