Si el extrabajador no cobra las utilidades, esta puede prescribir. (Foto: Andina)
Si el extrabajador no cobra las utilidades, esta puede prescribir. (Foto: Andina)

Del 15 de marzo hasta el 10 de mayo, las empresas privadas con más de 20 trabajadores que hayan generado rentas de tercera categoría durante el ejercicio 2018 tienen que repartir y depositar las a sus empleados.

En torno a este tema, surgen varias dudas por parte del trabajador, entre ellas cómo cobrar este beneficio, cuánto le corresponde y qué pasa con este beneficio si ya no está trabajando en la empresa. En ese sentido, es importante despejar la duda, sobre todo cuando el tiempo límite de entrega de las utilidades está a pocos días de llegar.

Primero, tenga en cuenta que las utilidades representan la parte que le corresponde a cada trabajador de las ganancias netas que generó la empresa el año anterior (en este caso, 2018). Se calcula con los días efectivamente laborados y la remuneración percibida en el año de cada empleado.

Es decir, el 50% será distribuido en función a sus días real y efectivamente laborados, y el otro 50% deberá ser repartido en proporción a sus remuneraciones percibidas en el año.

La suma de ambos conceptos deberá ser abonada por la empresa a los trabajadores, hasta un límite máximo de 18 sueldos.

¿Qué pasa si ya no trabajo en la empresa?

Si usted ya no es parte de la empresa pero trabajó un mes o más durante el ejercicio 2018 tendrá derecho a cobrar este beneficio. Cabe señalar que las empresas no están obligadas a comunicar a los extrabajadores sobre el pago de utilidades. Por lo tanto, es una recomendación que este pendiente sobre el reparto, manteniendo una comunicación con sus excompañeros de trabajo o con la misma empresa, ya que si no se cobra puede prescribir.

El plazo prescriptorio para el es de cuatro años, que se calcula desde el vencimiento de la relación laboral. Es decir, si usted cesó en 2018, tiene hasta cuatro años para pedir sus utilidades. Si la empresa no quiere reconocer el pago, está en su derecho de presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).