Elmer Huamán, abogado del estudio Lazo.

El despido arbitrario puede ser un mecanismo que puede generar muchos dolores de cabeza en las empresas. Se trata de una decisión que, por diversos motivos, se tiene que tomar en determinadas circunstancias pero en las que hay que tener mucha prudencia.

¿De qué se trata? “Según nuestra norma laboral puede configurarse en dos supuestos: cuando en un juicio no se prueba la falta que justifica el despido, no hay pruebas que sustenten que el trabajador cometió la falta. O cuando el despido ocurre sin procedimiento y simplemente el empleador despide al trabajador y extingue el contrato del trabajador”, explica Elmer Huamán, abogado del estudio Lazo, De Romaña & CMB.

Los despidos arbitrarios se generan cuando no hay una razón o justificación legal para despedir al trabajador. Por ejemplo, cuando una empresa está con las cifras en rojo, debe reducir el personal y es ahí donde se podría incurrir en un despido arbitrario.

¿Qué pueden hacer las empresas para evitar problemas legales?
“El empleador tiene que advertir que solo se puede despedir al trabajador cuando haya una causa legal que lo justifique. La principal causa es la comisión, por parte del trabajador, de una falta grave”, explica Huamán.

En caso existan causas graves complejas o no flagrantes, se debe seguir con un procedimiento en el que el primer paso formal es notificar al trabajador una carta de imputación de faltas graves. El abogado sugiere que la carta de imputación de faltas graves no se le denomine como una carta de previo aviso porque se estaría adelantando el criterio del empleador.

“En esta carta el empleador tiene que resumir los hechos que se consideran como falta grave de forma ordenada, las pruebas que sustentan los hechos (informe de auditoría, vídeo, testimonio) y la identificación de qué falta se le está imputando”, señala.

Cabe indicar que cuando se le imputa al trabajador una falta grave, se le otorga, a su vez, 6 días calendario como mínimo para que efectúe sus descargos. Por ello, se debe entregarle copia de las pruebas.

En cuanto a los juicios de impugnación por parte de los trabajadores, estos se sustentan, en su mayoría, en: la carencia de pruebas que justifiquen la falta grave, fallas en el procedimiento de despido (por ejemplo, se vulnera el principio de inmediatez si es que se despide años luego de una falta y se podría considerar como un perdón), y por la presunción que la sanción del despido es irrazonable (si un trabajador no ha cometido faltas y hasta ha sido reconocido pero se le despide por una falta leve).

En el caso de la inmediatez no existe un plazo establecido y se procede en función a factores como el tamaño de la empresa, por lo que la empresa deberá justificar las demoras.

Faltas graves
Las faltas graves que usualmente ocurren son la del incumplimiento de obligaciones de forma reiterada, ir a trabajar en estado de embriaguez, tardanzas recurrentes. Previo al despido se deberá amonestar, suspender y, luego, despedir.

Otras razones son el abandono de trabajo en más de 3 días consecutivos o actos de violencia entre el empleador y el trabajador. “Hace poco se hizo conocido en caso del trabajador que en las redes sociales puso unas siglas”, dice Huamán.

Ese trabajador escribió “RCSM” haciendo referencia a su empleador y, en el juicio posterior, adujo que se refería a “rico caramelo sabor a menta”. El trabajador, evidentemente, perdió el proceso.