Este beneficio les corresponde a los trabajadores que se encuentren en planilla y a los que realicen labores de medio tiempo. (Foto: Andina)
Este beneficio les corresponde a los trabajadores que se encuentren en planilla y a los que realicen labores de medio tiempo. (Foto: Andina)

A partir de la quincena de marzo, las empresas privadas con más de 20 trabajadores que hayan generado rentas de tercera categoría durante el ejercicio 2018 tienen que repartir y depositar las a sus empleados. Asimismo, estas tienen hasta 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual del (IR), para abonar este beneficio. Pero, ¿qué pasa si la empresa no realiza el pago a tiempo? A continuación despejaremos toda duda.

Antes que nada, tenga en cuenta que las utilidades representan la parte que le corresponde a cada trabajador de las ganancias netas que generó la empresa el año anterior (en este caso, 2018). El cálculo de la misma se calcula con los días efectivamente laborados y la remuneración percibida en el año.

Cabe señalar que este beneficio les corresponde a los trabajadores que se encuentren en planilla y a los que realicen labores de medio tiempo. Quedan fuera de la repartición económica quienes cobren por renta de cuarta categoría o recibo por honorarios, así como los practicantes o “freelance”.

Además, los trabajadores que fueron despedidos o renunciaron voluntariamente antes del depósito de las utilidades 2019, tienen derecho a recibirlas hasta cuatro años después, pasado este tiempo la deuda prescribe.

¿Cuánto es lo que debe recibir cada trabajador? El cálculo del monto de utilidades que debe recibir cada trabajador es:

  • El 50% será distribuido en función a sus días real y efectivamente laborados, 
  • Mientras que el otro 50% deberá ser repartido en proporción a sus remuneraciones percibidas en el año. 
  • La suma de ambos conceptos deberá ser abonada por la empresa a los trabajadores, hasta un límite máximo de 18 sueldos.

Aclarado los puntos principales, veamos: ¿qué hacer si la empresa en la que trabaja no pagan las utilidades a tiempo?

Si el empleador incumple con la distribución y pago de las utilidades, el trabajador tiene dos opciones: denunciar a la empresa ante la Sunafil por incumplimiento de obligaciones legales e interponer una demanda judicial por pago de utilidades ante los Juzgados de Trabajo, requiriendo previamente por escrito el pago a su empleador.

Todo procedimiento ante la Sunafil, denuncia, trámite que realicen los trabajadores o las organizaciones sindicales son totalmente gratuitos. Simplemente usted debe presentar la denuncia señalando el nombre de la empresa, RUC y domicilio de la misma. Luego de ello se procede a la verificación.

Las investigaciones duran 30 días hábiles, en un inicio, pero podrían ampliarse 30 días más. Si luego del plazo se comprueba el incumplimiento, se hará una advertencia a la empresa, y si no se cumple todavía ante ese requerimiento se hará una propuesta de sanción y luego de eso habrá un procedimiento sancionador para imponer una multa por el incumplimiento de su obligación.

¿Qué pasa luego? Guillermo Fustamante, representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), explicó a Perú21 que si pese a ello la empresa no cumple será sancionada con una multa. “El incumplimiento del pago de las utilidades es una infracción grave por lo tanto sus multas van desde S/5 mil hasta S/94,500, todo depende del número de trabajadores afectados”, señaló.

Sácale provecho a tus utilidades

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