El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo advirtió que aquellas empresas que incumplen con la normativa vigente, que dispone el pago hasta tres sueldos a aquel trabajador que le corresponde trabajar en feriado, podrían ser multados hasta con 20 UIT (S/ 83,000).
Al respecto, el director regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, Walter Zúñiga, recordó que de acuerdo a la normativa vigente – específicamente el artículo 8 del Decreto Legislativo 713 – los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado laborado, la remuneración que le corresponde.
Pero si trabaja ese día, sin descanso sustitutorio otro día, el trabajador tendrá derecho a la remuneración diaria más una sobretasa de 100%.
“Es la Sunafil la encargada de la fiscalización para que las empresas cumplan con esta normativa. La sanción para aquellas que incumplan con ella van desde 1 UIT hasta 20 UIT dependiendo del número de trabajadores de la empresa”, detalló.
En otro momento, el funcionario del MTPE recordó que los empleadores pueden contratar extranjeros, siempre y cuando tengan sus papeles en reglas.
“La legislación establece que (las empresas) pueden contratar trabajadores extranjeros, pero solo hasta el 20% de sus planillas”, dijo.