(Foto: Pixabay)
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La ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, para lo cual las empresas deben garantizar que existen en la empresa categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.

De esta manera las empresas deberán contar con estos instrumentos para que las remuneraciones que corresponden a cada categoría sean  fijadas por el empleador sin discriminación.

Sin embargo, existen criterios por lo cuales las empresas por excepción, podrán establecer diferencias salariales entre los trabajadores pertenecientes a una misma categoría, siempre que existan criterios objetivos. 

Así, podrán recibir sueldos percibir remuneraciones diferentes se justifique por la antigüedad en el cargo, el desempeño de sus funciones, los beneficios que haya obtenido en una negociación colectiva, la escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto determinado, el costo de vida, la experiencia laboral, el perfil académico o educativo, el desempeño, el lugar de trabajo, entre otros.

Existe escasez en la oferta de mano de obra calificada cuando objetivamente se demuestre que las calificaciones requeridas por un puesto de trabajo son escasas en el mercado, por nivel de especialización, estudios, experiencia, entre otros.

También se incluye como un criterio de diferencias de los ingresos derivadas de una jornada reducida, atípicas o a tiempo parcial.

Riesgos y contingencias

Multas por no contar con un cuadro de categorías o con una política salarial, puede llegar hasta 45 UIT (S/ 189 mil) cuando afecte a 1,000 trabajadores.
Multas por no haber informado a los trabajadores acerca de la política salarial, puede llegar hasta 45 UIT (S/ 189 mil) cuando afecte a 1,000 trabajadores.
Multas por discriminación del trabajador en materia de empleo, remuneración, promoción, puede llegar hasta 45 UIT (S/ 189 mil) cuando afecte a 1,000 trabajadores.