En cada caso, el MTPE garantizará la reserva de la identidad del denunciante y una investigación objetiva e imparcial. (Foto: GEC)
En cada caso, el MTPE garantizará la reserva de la identidad del denunciante y una investigación objetiva e imparcial. (Foto: GEC)

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó la Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones", que tiene por finalidad eliminar la desigualdad salarial entre hombres y mujeres.

Entre sus disposiciones se establece la conformación del Equipo de Trabajo de Igualdad Salarial o Comité de igualdad salarial.

Características

El Comite de iguadad Salarial se define como un equipo especializado, equilibrado en género, de carácter participativo, para evaluar la posibilidad de incluir diversos niveles de estructura organizacional, y para buscar su sostenibilidad deberá ser una responsabilidad del área de recursos humanos.

Asimismo, se detalla que deberá estar conformado por trabajadores que tengan un amplio conocimiento y visión integral de la organización o negocio.

Además deberán tener un conocimiento básico de descriptivos de puestos, valorización, bandas salariales o afines, y contar con una preparación para reconocer y eliminar los prejuicios sexistas que puedan afectar a la labor o instrumentos de evaluación.

Finalmente, deben conocer los mecanismos para la toma de decisiones.

Responsabilidades

El Comité de igualdad salarial debe resguardar y asegurar que se cumplan los pasos metodológicos del proceso, evitando cualquier sesgo discriminatorio o sexista.

Asimismo, determinar el plan de trabajo, recursos necesarios y roles del proceso; también sensibilizar a los participantes que se tengan que incluir en alguna etapa del levantamiento de la información.

También crear, analizar y validar los sub factores y niveles que incluye su modelo de valoración, determinación de puntajes, y brindar información a las entidades de fiscalización.

Fiscalización

Asimismo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó el protocolo para la fiscalización de las obligaciones en materia remunerativa, que iniciará el 1 de julio del 2019.

Cabe indicar que la fiscalización para las micro y pequeñas empresas iniciará el 1 de diciembre del 2019.