Entrevista a Jorge Ágreda, socio del Área Laboral de EY Perú.

¿La empresa para la que trabaja le ha hecho firmar la renovación de su contrato en más de una ocasión?, ¿sabe cuánto tiempo debe pasar para que su se convierta en un ?.

Jorge Ágreda, socio del área laboral de explicó que en la actividad privada existen dos grandes tipos de contratos: a plazo fijo e indeterminado.

"Los contratos a plazo fijo tienen diferentes clasificaciones y plazos; como por ejemplo el de inicio e incremento de la actividad; que son los que regulan la relación laboral sobre actividades que antes no tenía el empleador, ya sea porque abre nuevo local o amplía su línea de negocio", señaló a gestión.pe.

"Para ese tipo de contratos [inicio o incremento de actividad] tenemos como periodo máximo de contrato a plazo fijo que son tres años. Si vence los tres años, a partir del día siguiente ya se le deberá considerar como trabajador a plazo indeterminado. Esto no significa que el contrato se haya desnaturalizado sino que se ha convertido a plazo indeterminado", agregó.

En ese sentido, explicó que la norma es transversal para varios sectores, excepto los que tienen un régimen de contratación especial: como el de construcción civil o el agrario.

No obstante, si bien en el caso de servicios específicos u obras determinadas para los contratos que en teoría no tienen plazo máximo se ha establecido jurisprudencialmente un plazo máximo de cinco años; "aunque hay una casación que indica que podría extenderse a ocho años; esto está asociado directamente al servicio o la obra para la cual se contrata".

"En el resto de industrias todos los tipos de contratos se aplican de manera transversal. Si al cuarto año le piden renovar contrato, estaríamos hablando de una situación de fraude. Se está firmando un contrato cuyo sentido o límite legal ya se ha superado", indicó.

Vea la entrevista completa al socio del , Jorge Ágreda.