(Foto: Bloomberg)
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El coronavirus avanza en el mundo contabilizándose 109,578 casos hasta el lunes. En Perú ya suman once las personas infectadas con este mal. Ante ello, países como Argentina –con 13 casos confirmados– dispuso una ‘licencia excepcional’ para aquellos trabajadores del sector público y privado que regresen a su país luego de un viaje por zonas afectadas por el coronavirus.

Esta ‘licencia excepcional’ con goce de haber –dispuesta por el Ministerio de Trabajo de este país– es por espacio de 14 días.

¿Puede replicarse una medida similar en el territorio nacional como una medida preventiva? Brian Ávalos, abogado laboralista del estudio comentó a que ello sí es posible siempre y cuando se llegue a un acuerdo entre el trabajador y el empleador como medida preventiva para evitar la propagación del coronavirus en centros laborales públicos y privados.

“Lo que se está implementando en Argentina es una licencia excepcional que implica que el trabajador no labore por 14 días las que serán remuneradas por el empleador. Claro que se puede implementar incluso en la (emitida el lunes) recomienda la licencias a los trabajadores sujetas a compensación", explicó.

En efecto según se lee en la citada guía –específicamente en el numeral 5.2.2– como una medida preventiva para evitar la propagación de la enfermedad se pueden acordar acciones entre los empleadores y trabajadores como “” entre las cuales se encuentra –acotó el laboralista– este tipo de licencias excepcionales.

Este tipo de disposición –agregó Aválos– se podría dar en empresas con trabajadores extranjeros o personal que arriba de países afectados por coronavirus. "La empresa podría establecer como medida de prevención que todo el personal que retorne de estos países tengan una licencia con goce de haber compensable, es decir, al término de los 14 días de ‘licencia’ acuerde con el empleador como los recupera”, específico.

El especialista agregó que el Estado –tal como ocurrió en Argentina– podría imponerla aunque también puede ser libremente acordado –volvió a subrayar– entre trabajadores y empleadores.

¿Quién pagaría al trabajador en este caso (de suspensión de labores por viaje a país infectado)? La recomendación según el abogado sería el empleador. “La recomendación (de optarse por este camino) es licencia con goce de haber, pero compensable”, añadió.

Cabe precisar que en la guía –específicamente el numeral 5.1.1– se indica que “”.

¿En lapso de tiempo hasta que se confirme el caso positivo o negativo de coronavirus se le pagaría al trabajador? Al respecto Ávalos dijo que se va a pagar el trabajador siempre cuando compense las horas no trabajadas a futuro. En caso (solo la enfermedad o el accidente debidamente constatado son causales de este tipo de suspensión).

“Si te diagnostican el coronavirus se aplica la licencia por enfermedad: si estas incapacitado, los 20 primeros días te lo paga el empleador y a partir del día 21 te lo va a pagar EsSalud”, comentó. En ese caso, el trabajador volvería a su centro de trabajo con el alta del médico tratante.

Por su parte, el también laboralista del César Puntriano, también indicó que la ‘licencia excepcional’ de Argentina se podría implementar en Perú por acuerdo entre empleadores y trabajadores.

No obstante, a diferencia de Ávalos consideró que el periodo de ‘cuarentena voluntaria’ por 14 días para que el trabajador se reintegre a sus labores tras viajar a países con coronavirus debería ‘ser sin goce haber’ siempre y cuando el viaje a países altamente propensos fue una decisión personal como, por ejemplo, vacaciones.

Caso contrario sería si es que el viaje fue por motivos laborales. En este caso –según dijo– debería ser con goce de haber.

“Si la decisión de Argentina se replica en Perú, la pregunta que surge es ¿quién va a pagar por esos días de cuarentena voluntaria? ¿Por qué el empleador lo tendría que hacer? Plantearía dos escenarios: si el trabajador viajó a países con coronavirus por motivos laborales lo que tendría que hacer el empleador –mientras se hace la prueba de descarte de coronavirus– otorgar la licencia con goce de haber. Pero si el motivo del viaje a países con coronavirus es por vacaciones –por ejemplo– la empresa podría decirle a su trabajador que pase por la evaluación de descarte y tras ello, en caso de ser negativo, se reincorpore a sus labores. En este caso, sería sin goce de haber dado que empleador no es el responsable”, indicó a .

“La decisión tomada por Argentina es una disposición de corte político”, anotó Puntriano.

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