La llegada de venezolanos ha impactado en el mercado laboral peruano. (Foto: GEC)
La llegada de venezolanos ha impactado en el mercado laboral peruano. (Foto: GEC)

El Permiso Temporal de Permanencia (PTR), es un documento emitido por Migraciones que puede ser verificado en línea para su validez a través del cual se acredita la situación migratoria en el Perú y habilita al extranjero para desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana, explicó el laboralista César Puntriano.

El PTP, detalla Puntriano, faculta por norma expresa al migrante a trabajar formalmente en Perú. Así, el trabajador extranjero con PTP y sus derechos habientes serán registrados en el Seguro Social de Salud (EsSalud), Plame, T Registro y firmar contratos de trabajo, tramitan antecedentes policiales, penales o judiciales.

Cabe indicar que el PTP se concede a aquellos ciudadanos de nacionalidad venezolana que ingresaron al Perú hasta el 31 de octubre de 2018, quienes ingresaron con posterioridad deberán gestionar su permiso regular como cualquier extranjero.

Requisitos y límites

Una vez obtenido el PTP, las empresas podrán celebrar un contrato de trabajo de personal extranjero que cuenta con formalidades.

Sin embargo, el contrato no será registrado ante el Ministerio de Trabajo, y no se exige al empleador la obligación de estipular el retorno al trabajador extranjero a su país de origen o al que acuerden las partes.

El plazo es por un año o menor, dependiendo de la duración del PTP. Antes de vencer el plazo debe modificar su condición a la calidad migratoria especial o a la de trabajador extranjero regular.

Se aplica un porcentaje limitativo. El número de extranjero no debe exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa y su remuneración del 30% del valor de la planilla, explica Puntriano.

Otras nacionalidades

En el caso de los ciudadanos que pertenezcan a la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Perú, Colombia y Ecuador) se aplica la contratación laboral de acuerdo a este marco legal.

Y en el caso, de los ciudadanos de otras nacionalidades se requiere haber ingresado válidamente al país y contar con permiso para firmar contratos. 

Luego deberá suscribir un contrato de personal extranjero, que es aprobado por el Ministerio de Trabajo, luego de lo cual tramitará su condición migratoria de residente trabajador, la cual tiene plazo de 1 año prorrogable anualmente. 

En este contrato sí se exige al empleador el retornar al trabajador extranjero a su país de origen o al que acuerden las partes.

También se deberá cumplir con los límites de no debe exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa y su remuneración del 30% del valor de la planilla.

Refugiados

La condición de refugiado se otorga por el Ministerio de Relaciones exteriores. 

Mientras se evalúe la solicitud se otorga una autorización de trabajo, y  pasado los seis meses se expide un carné de solicitante que le permite trabajar hasta el vencimiento de cada documento, si no se aprueba la solicitud, la relación termina.

Debe celebrar un contrato de trabajo de personal extranjero que cuenta con formalidades, el cual no es registrado ante el Ministerio de Trabajo.

En este contrato no se exige al empleador el retornar al trabajador extranjero a su país de origen o al que acuerden las partes.

También se aplica un porcentaje limitativo, ya que no puede exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa y su remuneración del 30% del valor de la planilla.