El Gobierno publicó hoy en el diario oficial, el , que permite determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las municipalidades.

La determinación de los giros afines o complementarios se realiza según la zonificación aprobada para el inmueble en el que se pretende desarrollar dichos giros. En caso de un inmueble al que le corresponda más de una zonificación, prevalecerá la predominante aprobada.

Ello debido a que la zonificación comprende parámetros urbanísticos y edificatorios aprobados por cada municipalidad según su Plan de Desarrollo Urbano.

A modo de ejemplo, precisa el DS del : Actividades solicitadas: Panaderías, sastrerías, bodegas, boutiques, estudios contables.Compatibilidad con la zonificación: actividades que se pueden desarrollar en un mismo inmueble, según zonificación aprobada.Resultado: En principio, todas las actividades solicitadas serán consideradas afines o complementarias, siempre que cumplan con los lineamientos.

"Los titulares de vigentes pueden incorporar giros afines o complementarios, siempre que se cumpla con lo dispuesto en los lineamientos para determinar los giros afines y complementarios. Para tales efectos, el administrado debe comunicar a la municipalidad correspondiente, mediante declaración jurada, los giros afines o complementarios que empezará a desarrollar en el local comercial, precisando que cumple con los lineamientos", detalla la norma.

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Asimismo, se indica que la incorporación de los giros a la licencia de funcionamiento será automática, sin perjuicio de la fiscalización posterior que realice la municipalidad sobre el cumplimiento de los lineamientos y la evaluación de las condiciones de seguridad que resulten exigibles.