Palacio de Justicia  (Foto: Andina)
Palacio de Justicia (Foto: Andina)

La Sala Penal Nacional del Poder Judicial peruano defendió hoy la legalidad de la decisión que ordenó la detención domiciliaria de los cabecillas del grupo terrorista Sendero Luminoso Osmán Morote y Margot Liendo, después de las críticas que recibió de políticos, funcionarios y medios de prensa.

Los integrantes del Colegiado A de la Sala Penal Nacional emitieron un pronunciamiento después de que el ministro de Justicia, Salvador Heresi, señaló este martes que el Poder Judicial "le debe una explicación al país" por esa decisión.

En su pronunciamiento, los magistrados detallaron que rechazan "enérgicamente las expresiones sin sustento legal de políticos y frases agraviantes del procurador antiterrorista Milko Ruiz", quien calificó de "infame" y "deplorable" la medida judicial.

Los jueces señalaron, al respecto, que han acatado una resolución dictada el 13 de marzo de 2017, cuando se dispuso la inmediata libertad de Morote y Liendo por el vencimiento del plazo de prisión preventiva que se les dictó en otro proceso.

"Además, ambos procesados ya han cumplido la pena privativa de la libertad de 25 años y no pesa sobre ellos otra medida cautelar de detención", remarcaron en alusión a las sentencias a las que fueron condenados ambos cabecillas de Sendero.

En una posterior rueda de prensa, el juez René Martínez, quien preside el tribunal, enfatizó que su decisión se dio "dentro del marco legal que establece" el "ordenamiento jurídico y constitucional".

Agregó que tanto la Fiscalía como la Procuraduría para casos de Terrorismo no apelaron las decisiones judiciales que hoy critican.

"Ninguna de las dos instituciones, tanto el Ministerio Público como la Procuraduría, que ahora se rasga las vestiduras, cuestionaron esa resolución", enfatizó.

Este martes el Colegiado A de la Sala Penal Nacional ordenó el arresto domiciliario para Morote y Liendo, mientras son procesados junto a otros coacusados por el atentado de la calle Tarata, que dejó 25 muertos en 1992 en Lima.

El tribunal ordenó también el pago de una caución de S/ 10,000 (US$ 3,000), a cada uno, en un plazo de cinco días para hacer efectiva su excarcelación, dado que ambos estaban recluidos en la cárcel de máxima seguridad de la Base Naval del Callao.

Morote y Liendo son procesados junto a otros exintegrantes de la cúpula de Sendero, como su fundador Abimael Guzmán, por el atentado de Tarata, pero ya habían cumplido condenas previas por 25 años de cárcel por el delito de terrorismo, motivo por el cual sus abogados pedían su excarcelación.

La Sala Penal accedió a la prisión domiciliaria, después de que ambos informaron en la audiencia que iniciaron una huelga de hambre para que el Poder Judicial cumpla con su excarcelación.

Morote, uno de los máximos dirigentes de Sendero, cumplirá su prisión domiciliaria en el distrito limeño de Chaclacayo, mientras que Liendo lo hará en el distrito de Santa Anita, y la Policía Nacional deberá prestar su resguardo, según lo dispuesto por la Sala Penal.

El abogado de los cabecillas de Sendero, Alfredo Crespo, informó que ha presentado un recurso de nulidad a la prisión domiciliaria porque Morote y Liendo han cumplido sus sentencias y considera que deben ser procesados en libertad con restricciones.

Hace unas semanas, otra sala penal también ordenó la excarcelación de Morote y Liendo por exceso de prisión, pero se mantuvo su detención por estar procesados por el caso Tarata.

Sendero Luminoso es considerada la principal organización responsable por la desaparición y muerte de unos 70,000 peruanos durante el conflicto interno entre 1980 y 2000, de acuerdo con el informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR).