Redacción Gestión

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El Poder Judicial declaró improcedente demanda de contra Gasoducto Sur Peruano, que fue presentado por el consorcio integrado por GDF Suez, Sempra, Techint y TGI, el cual perdió el proceso de concesión.

Según la resolución del segundo Juzgado Constitucional de Lima, el proceso de concesión no vulneró los derechos constitucionales del consorcio denominado , por lo tanto no procede una acción de amparo.

Por el contrario, el juzgado señala que la real controversia es la descalifcación del consorcio por incumplir con las bases de concurso y su esclarecimiento debería hacerse en la vía administrativa y no en a judicial.

Respecto del reclamo del consorcio de que ProInversión no cumplió con el plazo otorgado para subsanar las observaciones, la resolución señala que a través de una carta entregada el 30 de junio, fecha de entrega de la buena pro, la entidad del Estado se dice al consorcio que hay una infracción a las bases, con lo cual el plazo otorgado quedó sin efecto.

Otra de las consideraciones del juzgado para rechazar la demanda es que se pide la nulidad de todo lo actuado, pero no se incluyó la anulación del contrato de concesión, el cual fue firmado cuatro días antes de la presentación de la acción de amparo.