Los independientes podrán aportar, de manera voluntaria, a un fondo en el sistema financiero. (Foto: Andina).
Los independientes podrán aportar, de manera voluntaria, a un fondo en el sistema financiero. (Foto: Andina).

Los independientes y los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) podrán acumular un fondo de pensiones a través de la entidades del sistema financiero, de acuerdo con el proyecto de ley anunciado por la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif).

La iniciativa que dicha organización presentará ante el Congreso tiene como finalidad permitir que las entidades del sistema bancario ingresen a competir en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), junto con las AFP.

Al dar a conocer este proyecto, el presidente de Asomif, Jorge Delgado, explicó que con este cambio se busca abrir la competencia a cualquier entidad que esté autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para ofrecer una Cuenta de Ahorro a Plazos para Fondos de Pensiones de Rentabilidad Fija.

Las entidades que estarían autorizadas para esto son las empresas financieras, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas municipales de crédito popular, las edpyme y las cajas rurales de ahorro y crédito.

Estas entidades también podrán ofrecer dicha cuenta a cualquier persona natural no afiliada al SPP, como trabajadores independientes, trabajadores dependientes afiliados al Sistema Nacional de Pensiones, microempresarios, entre otros.

De esta manera, las personas podrán realizar aportes con fin previsional de manera voluntaria en dichas entidades.

Tras haber presentado este proyecto en una conferencia de prensa, Asomif planea llevarlo al Congreso de la República para que pase por el procedimiento ordinario.

Las características de una cuenta de ahorro de este tipo serán:

a) Libre de comisiones y gastos. Las entidades autorizadas tampoco podrán cobrar comisiones por el traslado de los fondos de la AFP a la cuenta de ahorros ni viceversa, ni por su custodia.

b) La cuenta de ahorros estará sujeta a un plazo de permanencia a elección del afiliado.

c) La tasa de rentabilidad ofrecida por las entidades autorizadas podrá ser diferenciada en función al plazo elegido por el afiliado y al monto del fondo de pensiones a trasladar.

“Se abre nuevas posibilidades para los afiliados y se incluye a los independientes, quienes tendrán la posibilidad de crear su propio fondo de jubilación”, manifestó Delgado.