(Foto: Indecopi)
(Foto: Indecopi)

La Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del de Tacna (ORI Tacna) sancionó, en primera instancia, a 20 empresas (18 de transporte público urbano y dos de transporte terrestre nacional, estas últimas con sede en Moquegua) por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Según las investigaciones, en el marco de las acciones de prevención y fiscalización realizadas durante el 2017, las empresas de transporte urbano no cumplieron con la obligación de informar a los consumidores el horario establecido para el . "Además, no respetaron el monto del pasaje universitario, pues excedió el 50% del pasaje adulto".

Cabe recordar que la Ley que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano (Ley N° 26271), el medio pasaje es aplicable en el horario de 5:00 am a 12 de la medianoche, en días laborables, previa presentación del carné universitario.

Asimismo, dicha norma precisa que el , en el ámbito urbano o interurbano, no excederá el 50% del precio del pasaje adulto.

Ante tales incumplimientos, la Comisión determinó que se infringió el artículo 1° literal a) (derecho a información oportuna), el artículo 2 numerales 2.1 (información relevante) y 2.2 (información veraz) y el artículo 19° del Código (obligaciones del proveedor). Además, la Comisión verificó que dichas empresas tampoco respetaron el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 807, el cual señala la obligación que tienen los proveedores de atender los requerimientos del Indecopi, con cargo a ser multados.

Como resultado, la Comisión resolvió imponer una multa total de 12.68 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 52,622.

Las empresas de transporte urbano en Tacna sancionadas son: Empresa de Transportes Chambilla Emai Tours S.A.C, Empresa de Transportes Yapurasi S.R.L., Empresa de Transportes Cáceres E.I.R.L., Radio Taxi Royal Express Empresa de Transportes y Servicios EIRL, Radio Taxi S.A., Empresa de Transportes Señor de los Milagros S.A.C., Empresa de Transportes Frontesur S.C.R.L., Empresa de Transporte Tacna Unida S.A, Empresa de Transportes 29 de Junio S.C.R.L., Empresa de Transporte Virgencita de Lourdes SCRL., Jacosa S.A., Empresa de Transportes de Sur a Norte SRL., Empresa de Transportes Aguilar EIRL., Representaciones Torval EIRL., Transportes Castro EIRL., Empresa de Transportes Los Halcones, Empresa de Transporte Marsa SCRLTDA y Representaciones Tacna VIP S.A.

Es importante señalar que, ocho de las 18 empresas de transporte público urbano sancionadas, apelaron las resoluciones finales emitidas por la Comisión, las cuales han sido elevadas a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi para su revisión en segunda y última instancia administrativa.