Foto 9 |  La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi multó a Entel con 60 UIT (S/ 240,000) por haber incurrido en engaño en su campaña “La Yapa” al ofrecer a sus usuarios beneficios con las recargas de S/ 5, sin la reducción del saldo. Y multó con 100 UIT ( S/ 415,000) por promocionarse como la empresa con el Internet más rápido sin serlo, señalaron. (Foto: Indecopi)
Foto 9 | La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi multó a Entel con 60 UIT (S/ 240,000) por haber incurrido en engaño en su campaña “La Yapa” al ofrecer a sus usuarios beneficios con las recargas de S/ 5, sin la reducción del saldo. Y multó con 100 UIT ( S/ 415,000) por promocionarse como la empresa con el Internet más rápido sin serlo, señalaron. (Foto: Indecopi)

La Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco (ORI-Cusco) sancionó, en primera instancia, a 25 empresas de transporte urbano de pasajeros por no respetar el cobro del medio pasaje universitario y a otras dos por no brindar información.

De acuerdo a las investigaciones, la Comisión comprobó que las 25 empresas sancionadas vulneraron la Ley N° 26271, que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano, respecto a que el precio del pasaje universitario, en el ámbito urbano o interurbano, no deberá exceder el 50 % del precio del pasaje adulto.

Por esta razón, la Comisión resolvió imponer a cada una de las empresas investigadas una multa de 25 UIT, equivalente a S/ 103,750 (ciento tres mil setecientos cincuenta soles).

Las empresas de transporte urbano sancionadas son: Expreso El Zorro S.A., Empresa de Transportes Huancaro S.A., Cooperativa de Transportes Ttio La Florida, M.T. Multiservicios e Inversiones Rápidos S.A., Empresa de Transportes Liebre S.R.L., Empresa de Transportes Inkas Express S.A., Empresa de Transportes Nuevo Mirador S.A., Empresa de Transportes Nueva Chaska S.A, Empresa de Transporte Expreso San Sebastián S.A. y Empresa de Servicios Expreso Santiago S.A.

Asimismo, Empresa de Transportes C.4.M. S.A., Servicio Rápido S.A., Empresa Multiservis Túpac Amaru II S.A., Empresa Multiservicios Imperial S.A., Empresa de Transportes Columbia SRLTDA, Multiservicios Señor de Wimpillay S.A, Empresa de Transporte Satélite S.R.L., Grupo Pionero Patrón San Jerónimo Cusco S.A, Empresa de Transportes Señor del Cabildo S.A. y la Empresa de Transportes Multiservicios los Leones S.A.

A estas se suman, Empresa de Transportes Multiservicios Cristo Blanco S.A., Empresa de Transportes Saylla S.A., Empresa de Transportes Santa Cruz S.A., Expreso Batman S.A. y Empresa de Transportes y Servicios León de San Jerónimo S.A.

Es importante resaltar que, las empresas Expreso El Zorro S.A., Multiservicios e Inversiones Rápidos Sociedad Anónima - Multiservicios Rápidos S.A., Expreso Batman S.A., Empresa de Transportes Señor del Cabildo S.A., Empresa de Transportes Santa Cruz S.A., Empresa de Transporte Expreso San Sebastián S.A., Empresa de Transportes Nueva Chaska S.A., Grupo Pionero Patrón San Jerónimo Cusco S.A., Empresa de Transportes Liebre S.R.L., Empresa de Transportes Huancaro S.A. y la Empresa de Servicios Expreso Santiago S.A. presentaron recursos de apelación, los que están siendo evaluados por la Secretaría Técnica a fin de determinar si cumplen los requisitos correspondientes y, de ser el caso, elevar los procedimientos a la segunda Instancia administrativa.

En la misma situación están las apelaciones presentadas por Empresa de Transportes Saylla S.A., Empresa de Transportes C.4.M. S.A., Empresa de Transportes Nuevo Mirador S.A., Empresa de Transportes Columbia S.R.L.T.D.A y Empresa de Transportes y Servicios León de San Jerónimo S.A.

En tanto, la Empresa Servicio Rápido S.A., Empresa Multiservis Túpac Amaru II S.A., Empresa Multiservicios Imperial S.A., Empresa de Transporte Satélite S.R.L., la Empresa de Transportes Multiservicios Los Leones S.A., Empresa de Transportes Multiservicios Cristo Blanco S.A., se encuentran en plazo de apelación.

Finalmente, las resoluciones contra la Empresa Multiservicios Señor de Wimpillay S.A., Empresa de Transportes Inkas Express S.A., y la Cooperativa de Transportes Ttio La Florida han quedado consentidas. En ese sentido, es necesario precisar que la primera empresa ya cumplió con el pago de la multa.

Sanción por no brindar información
Además, la Comisión sancionó a la Empresa de Transportes Doradino S.R.L. y a la Empresa de Servicios Generales Yllary Qosqo S.A., las mismas que, durante la investigación por el presunto incumplimiento del cobro de medio pasaje, no brindaron la información requerida por la Secretaría Técnica, infringiendo el artículo 5° de la Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi.

Ante esta situación, la Secretaría Técnica inició un procedimiento administrativo sancionador y las multó con una (1) UIT a cada una. Sin embargo, ambas resoluciones fueron apeladas y se encuentran en trámite ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi.

La Institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente”.