Un procedimiento administrativo sancionador puede concluir con la imposición de una sanción a los organizadores de conciertos de hasta 450 UIT, es decir, más de S/ 2 millones. (Foto: Eduardo Cavero | GEC)
Un procedimiento administrativo sancionador puede concluir con la imposición de una sanción a los organizadores de conciertos de hasta 450 UIT, es decir, más de S/ 2 millones. (Foto: Eduardo Cavero | GEC)

El , a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3, sancionó con S/ 155,480 (33.8 UIT) a tres empresas organizadoras de conciertos por afectar a usuarios que compraron entradas.

Asimismo, la institución ordenó el reembolso del dinero que los consumidores pagaron por estos boletos más los intereses legales generados.

¿Cuáles fueron las empresas multadas?

Una de las empresas recientemente multada fue One Entertainment con S/ 69,000 (15 UIT) ya que, tras cancelar el concierto de Guns N´ Roses, estableció que la devolución del dinero de las entradas procedería 45 días después de que se reanudaran los conciertos masivos en el país; y, siempre que, los consumidores comunicaran dicha opción de devolución hasta el 15 de enero de 2021.

Estas condiciones limitan los derechos de los consumidores y constituyen cláusulas abusivas, según lo establecido Código de Protección y Defensa del Consumidor, artículo 50.

Esta empresa también fue sancionada con S/ 11,040 (2.4 UIT) debido a que, tras reprogramar el concierto de la banda Kiss, no cumplió con brindar la opción de reembolso de dinero a los consumidores que adquirieron sus entradas, restringiendo su derecho, tal como indica el artículo 97 del Código.

La Comisión también multó a la empresa El Detente S.A.C. con S/ 6,440 (1.4 UIT) por no brindar la opción de reembolso de dinero de las entradas que fueron adquiridas para el evento Gira cargar la suerte, luego de que este fuera reprogramado.

Asimismo, como medida correctiva, ordenó la devolución del monto de las entradas a los afectados más los intereses legales generados.

Finalmente, y por el mismo motivo, la Comisión sancionó con una multa de S/ 69,000 (15 UIT) a la empresa Corporación CEM S.A.C., organizadora del evento Vivo x el Rock. En ese sentido, también se dispuso la devolución del dinero de las entradas.

Cabe señalar que la imposición de las multas tiene por objetivo disuadir a los proveedores para que se eviten estas malas prácticas, y se establecen en base a diversos criterios técnicos.

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Acciones de monitoreo

La Dirección de Fiscalización del Indecopi viene monitoreando contantemente los conciertos y demás eventos que se desarrollan en el país, a fin de resguardar los derechos de los consumidores.

Asimismo, si en el marco de una fiscalización se hayan indicios de algún incumplimiento a lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor podrá recomendar a los órganos resolutivos de la institución el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, el que puede concluir con la imposición de una sanción a los organizadores de hasta 450 UIT, es decir, más de S/ 2 millones.

Además, la entidad precisó que la imposición de las multas tiene por objetivo disuadir a los proveedores para que se eviten estas malas prácticas, y se establecen en base a diversos criterios técnicos.

Las resoluciones son públicas y puede ser revisadas en los siguientes enlaces:

Resolución Final 073-2022/CC3:

Resolución Final 074-2022/CC3:

Resolución Final 077-2022/CC3:

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