Indecopi Colegios

En pleno proceso de matrícula escolar 2018, el advirtió a los padres de familia que únicamente está permitido, en los colegios privados, el cobro por tres conceptos.

Estos son la cuota de ingreso, que se paga al inicio de la vida de un estudiante en un colegio y es por única vez; la matrícula, que se paga una vez al año y la pensión, que es el pago que se hace por el servicio educativo, la que debe hacerse al final del mes lectivo.

“La matrícula nunca debe ser mayor a la pensión, es decir, si la pensión del centro educativo es de S/ 500, la matrícula no puede ser superior a este monto”, explicó a Gestión.pe su gerente de Supervisión y Fiscalización, .

La remarcó que el monto impuesto por estos conceptos es discrecionalidad del centro educativo, es decir, está regido por la oferta y la demanda. No obstante, remarcó que los centros educativos están obligados de informar con antelación y de forma detallada a los padres de familia, para que tomen la mejor decisión.

“En los meses de noviembre y diciembre, los colegios están obligados de informar a los padres de familia sobre las condiciones económicas del siguiente año, es decir, sobre la matrícula y la pensión e incluso la posibilidad de que esta suba el siguiente año”, apuntó la funcionaria.

Agregó que, según lo estipula el, los centros educativos también están obligados a informar a los padres de familia en los meses de enero y febrero, dado que las clases empiezan en marzo.

Cabe precisar, que las escuelas privadas están prohibidas de subir súbitamente las pensiones escolares y sin haberlo informado con antelación a los padres de familia, en los meses de noviembre y diciembre o en enero y febrero.

De ocurrir ello, se estaría incumpliendo el Código de Defensa del Consumidor. Esta situación podría ameritar desde una amonestación hasta una multa de 450 UIT, que equivale a más un millón y medio de soles.

MULTAS IMPUESTAS
La funcionaria señaló a Gestión.pe que entre noviembre del 2013 y octubre de 2017, la institución impuso 4,003 sanciones a un total 1,599 centros educativos, lo que implicó multas por 3,671 UIT que representa un total de S/ 14 millones.

“Estas se impusieron a raíz de las campañas emprendidas por el Indecopi y por las denuncias presentadas por los mismos padres de familia”, dijo. Así, las principales faltas de los centros educativos están relacionadas a la idoneidad, que es la correspondencia entre lo que el consumidor espera y lo que recibe.

Cuando voy a un centro educativo, no esperaría que me cobre un bingo u otro concepto que no sea la cuota de ingreso, la pensión o la matrícula. La gran mayoría de faltas están relacionadas a ello y se evidencia, por ejemplo, en el direccionamiento de compras de útiles escolares y de uniformes a un solo proveedor. Eso está prohibido”, subrayó.

Otro incumplimiento sancionado por el son las cuotas extraordinarias. También existen otras infracciones como el no contar con libro de reclamaciones o el uso de fórmulas intimidatorios como sacar de clases al niño porque no pago la pensión o no permitirle el ingreso al colegio o ejercer prácticas en contra de la dignidad del menor.

Otros tipos de incumplimientos, sancionados por el , están relacionados con exigirles a los padres de familia los útiles escolares al inicio de clases u otros como la falta de información de las condiciones económicas.

En esa línea, indicó a los padres de familia que si son sujetos a algunos de estos abusos pueden reportarlo al a través del correo electrónico y a los teléfonos 2247777 (en Lima) ó 080044040 (en provincias).