El envió a más de 2,000 instituciones del Estado (municipalidades a nivel nacional, ministerios, organismos públicos descentralizados, reguladoras, entre otras) el "Manual sobre prevención y eliminación de barreras burocráticas":https://issuu.com/indecopi/docs/barreras_vol_1. Volumen 1. Dirigido a las entidades de la Administración Pública.

Esta publicación electrónica promueve la correcta aplicación de las normas que rigen los procedimientos administrativos, así como la labor que realiza la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) y sus nuevas competencias.

Y es que, con la vigencia de los Decretos Legislativos Nº 1246, 1256, 1272 y Nº 1310, que promueven la reactivación económica, formalización, simplificación y optimización del procedimiento administrativo, se ha otorgado mayores funciones y facultades a la CEB, la cual se encuentra revisando las diversas normativas sectoriales, regionales y municipales para verificar el cumplimiento de los mencionados decretos legislativos y normas conexas.

[LEA TAMBIÉN: ]

Asimismo, el Decreto Legislativo 1256 ha dispuesto la creación de tres ranking respecto del cumplimiento de las normas sobre eliminación de barreras burocráticas, consistentes en: (i) entidades con mayor cantidad de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad; (ii) entidades que cuentan con mayor cantidad de barreras burocráticas eliminadas voluntariamente a nivel nacional; y, (iii) un ranking de entidades que han implementado medidas de prevención de eliminación de barreras burocráticas a nivel nacional.

Precisamente, en el marco de la citada normativa se ha elaborado este documento, que constituye un mecanismo para promover la competencia en el mercado a través de una labor informativa y persuasiva por parte de la CEB. A través de este, los funcionarios públicos podrán encontrar la siguiente información:

1. Razones por las cuales las entidades no deben imponer y/o aplicar barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad.

2. Normativa que las entidades deben tener presente cuando aprueben procedimientos, requisitos, derechos de trámite y sus TUPA. Además, normativa sobre la documentación que no pueden pedir, las que están obligadas a recibir y cuándo un procedimiento debe ser de aprobación automática o estar sujeto a silencio positivo o negativo.

3. Supuestos en los cuales la CEB puede imponer multas a los funcionarios o a las entidades.

4. Cómo una entidad puede sustentar la legalidad y razonabilidad de una barrera burocrática.