El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social () publicó hoy el decreto supremo que aprueba la lista de 236 capitales de distrito que serán atendidos por el Poder Ejecutivo, con el objetivo de cerrar brechas en los servicios de agua, saneamiento, electrificación y telecomunicaciones.

Según la norma, los ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de , y de Energía y Minas se encargarán de implementar un sistema de registro de información a nivel de centro población de cada distrito priorizado.

Dicho sistema de registro permitirá realizar un seguimiento trimestral de las acciones adoptadas para la reducción de brechas de acceso a los servicios básicos, según los formatos que serán determinados por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Midis.

Esta información debidamente sistematizada deberá ser remitida a la citada Dirección General, dentro de los 15 días posteriores a cada trimestre del año.

Con esta información, el Midis, a través del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, elaborará informes trimestrales de seguimiento físico y financiero e informará a la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales, los avance en el cierre de las brechas de acceso a los servicios básicos, que se realicen en las capitales de distrito de la lista priorizada.

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