Los titulares del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales deberán presentar la información relacionada al listado priorizado para su evaluación. (Foto: GEC)
Los titulares del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales deberán presentar la información relacionada al listado priorizado para su evaluación. (Foto: GEC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las normas reglamentarias para reactivar la comisión evaluadora de las deudas del Estado generadas por fallos en calidad de cosa juzgada y ejecución al 31 de diciembre de 2019, con lo cual se cancelará o amortizará deudas hasta de S/ 30,000 por acreedor.

Mediante Decreto Supremo N° 027-2020-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se publicó las normas reglamentarias para la aplicación de la Duodécima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto Público 2020, y que reactiva la comisión evaluadora.

La cancelación y o amortización de deudas será hasta de S/ 30,000 por beneficiario del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales, excluyendo las deudas por sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución del sector Educación.

Los titulares de las entidades del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales deberán presentar la información relacionada al listado priorizado a la comisión para su evaluación, en un plazo no mayor a 30 días hábiles de haberse instalado el grupo multisectorial.

La comisión se instalará dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del decreto publicado hoy.

La comisión elaborará también un listado complementario que contendrá las deudas generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2019, cuyo monto total no debe superar los S/ 200 millones con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

La Contraloría General de la República efectuará las acciones de control en las entidades públicas para verificar el cumplimiento de esta norma.