Redacción Gestión

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El Poder Ejecutivo estableció adicionalmente a la "Ley que afianza la seguridad energética", bajo la cual se planea construir el , un mecanismo para destinar el gas natural únicamente al mercado interno en situaciones de emergencia que se podrían presentar mientras se concreten las inversiones necesarias para asegurar el suministro de gas natural, informó el Ministerio de Energía y Minas ().

"Mediante este mecanismo, se destinará el gas natural disponible únicamente al mercado interno, cuando se presenten situaciones de emergencia que originen la imposibilidad de entregar, transportar o distribuir total o parcialmente volúmenes de dicho combustible para cubrir los servicios o volúmenes autorizados y que afecten las distintas actividades económicas", resaltó en un comunicdo.

Detalló que en una situación excepcional, "los productores, concesionarios de transporte de y/o concesionarios del servicio de distribución de gas natural por red de ductos, deberán comunicar la activación del mecanismo de emergencia simultáneamente a la Dirección General de Hidrocarburos y de Electricidad del MEM, a la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural del OSINERGMIN y al Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado ()".

"Activado el mecanismo de emergencia, los productores, concesionarios del servicio de transporte de gas natural y distribuidores de gas natural por red de ductos , deberán asumir un periodo mínimo de duración de la emergencia", agregó.

Estas disposiciones se anotaron en el Decreto Supremo Nº 050-2012-EM, que promulgó el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso y refrendó el ministro del sector, Jorge Merino Tafur.