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A inicios de año el congresista Javier Velásquez Quesquén presentó el proyecto de ley 2371/2017-CR, denominada “Ley que Propone la Regulación de Precios Máximos de los Medicamentos Básicos para Enfermedades de Mayor Incidencia, Gravedad y de Alto Costo”.

La propuesta será analizada por la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, que esta semana conformó un subgrupo de trabajo, el cual tendrá cincuenta días para elaborar una propuesta final sobre el proyecto.

¿Qué efecto tendría la medida en el mercado peruano?
Al respecto, un informe elaborado por el Estudio Muñiz, a cargo de Pierino Stucchi, concluye que la propuesta resultaría inconstitucional y generaría un efecto contrario al esperado, como .

Stucchi refiere que el Capítulo I del Título III nuestra actual Constitución Política prevé un sistema de economía social de mercado, en el que la iniciativa privada (artículo 58°) y la libertad de contratar –incluyendo el derecho a determinar precios- (artículo 62°) están garantizados como principio.

“Si bien es cierto, ningún derecho es absoluto y puede ser restringido siempre que exista un Test de Proporcionalidad claramente desarrollado, que exponga los problemas a solucionar, un análisis de idoneidad y de proporcionalidad en sentido estricto, así como una revisión de alternativas menos gravosas, de lo observado en nuestro análisis no existe fundamento válido para que estos derechos señalados sean recortados”, sostiene Stucchi.

Asimismo, advierte que el principal costo de un sería desincentivar la producción o comercialización de medicamentos, generando escasez y, por tanto, afectarse la accesibilidad a los medicamentos que se buscan promover.

En ello coincidió Carlos Fernández-Dávila, socio de Fernández-Dávila & Bueno Abogados, quien refirió que este tipo de controles, lejos de haber representado una mejora, históricamente han traído escasez, especulación, falta de variedad y calidad.

“Es una experiencia que Perú ya tuvo durante los años 80 y 90, sin embargo, la corta memoria podría dar al traste con esta lección”, anotó.

Medidas
Fernández-Dávila sostuvo que sí es prioritario garantizar la calidad de los , de manera que el mercado pueda competir de forma mucho más equitativa y se le ofrezcan más alternativas a los pacientes: genéricos, innovadores, biológicos y biosimilares y donde el consumidor pueda tener acceso.

“Por ejemplo, el Minsa ha demorado 9 años la aprobación del reglamento de intercambiabilidad, que obligará a probar la equivalencia terapéutica de los genéricos; es decir, que todas las copias prueben ser igual de eficaces y seguros que el original”, indicó.

Por su parte Pierino Stucchi refirió que actualmente la Digemid cuenta con un observatorio virtual donde se pueden consultar los precios de los medicamentos actualizados diariamente.

Si bien este portal publicita información bastante detallada, no es una herramienta muy conocida ni por los establecimientos farmacéuticos que podrían colgar su información de precios al público, ni por los propios consumidores.

“En tal sentido, son recomendables campañas de difusión masiva para fomentar su uso y/o aplicaciones de fácil uso y acceso (incluso a través de teléfonos móviles), a través de la cual los consumidores puedan encontrar en tiempo real los precios, ubicaciones y disponibilidad de los medicamentos, disciplinando así el mercado”, apuntó.