(Foto: USI)
(Foto: USI)

El , a través de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 (CC2), multó con 23 UIT (S/ S/ 95,450) a por presentar fallas en su sistema de venta virtual, durante la comercialización de entradas para el partido Perú - Colombia, realizado en el marco de la etapa de eliminatorias del mundial de Rusia 2018.

fue denunciado por la Asociación de Consumidores (Aspec) por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor e inducir al error a los consumidores sobre la hora en que empezaría a formarse la cola virtual para la adquisición de las referidas entradas. ¿Qué se le imputa?

Hora en que empezaría la cola virtual

La señaló que la cola virtual destinada a la compra de las entradas se inició a las 6:00 a.m. del 3 de octubre de 2017, y antes de dicha hora, se advirtió que habían ingresado a su página web, un número de consumidores mayor al inicialmente estimado, por lo que optó por emplear tres colas virtuales: ‘Registro de Usuarios – Teleticket’, ‘Mi Cuenta – Teleticket’ y ‘La venta de entradas de Perú versus Colombia’.

La CC2 revisó el sistema de cola virtual empleado por y determinó que si bien la cola virtual (La venta de entradas de Perú-Colombia) estaba programada para iniciar a las 06:00 a.m., el sistema reordenó de forma aleatoria a todas las personas que habían ingresado desde las 5:00 a.m. hasta las 6:00 a.m., asignándoles un turno de espera.

De otro lado, a los consumidores registrados previamente como usuarios en la página web de , que ingresaron a las 06:00 a.m., se les asignó automáticamente un turno de espera posterior al de los usuarios que accedieron desde las 05:00 a.m., y en ese momento debían formar una cola virtual para acceder a su cuenta, y posteriormente, otra cola virtual para adquirir las entradas del evento.

Teleticket informó públicamente que la cola virtual empezaría a formarse las 06:00 a.m., omitiendo indicar que esta incluiría a los usuarios que ingresaron desde las 05:00 a.m. Por este hecho, se le impuso una sanción de 9 UIT, equivalente a S/ 37,350.

Avisos de advertencias

La empresa informó que implementó medidas para garantizar la operatividad de su sistema, pero debido a la gran afluencia de personas la web presentó fallas.

La CC2 indicó que la empresa, especializada en la venta de entradas para el público en general, debió prever que su sistema no presente fallas ni defectos sobre todo al tratarse de la venta de entradas para un evento de interés nacional.

Por este hecho, se le sancionó con 5 UIT, equivalente a S/ 20,750.

Cola virtual

Se verificó que algunos usuarios contaron con un enlace a través del cual podían acceder de manera inmediata a la compra de las entradas, sin necesidad de realizar la cola virtual.

La CC2 determinó que la alta expectativa generada, elevó los riesgos informáticos, por lo que a la empresa no debería resultarle ajeno la posibilidad de que algunos usuarios buscaran vías para evadir la cola virtual. Por ello, se le sancionó con  9 UIT, equivalente a S/ 37,350.

Medida correctiva

La CC2 ordenó a , que en el plazo de quince días de notificada cumpla con implementar las acciones internas que le permitan brindar información veraz a los consumidores en los futuros procesos de venta de entradas para eventos.

También tomar medidas oportunas para corregir los errores que puedan surgir en su portal web durante sus futuros procesos de venta de entradas y adoptar medidas de seguridad suficientes para evitar que el sistema de compra virtual de entradas sea vulnerado.

(Fuente: Indecopi)
(Fuente: Indecopi)

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