La (SNI) advirtió que en los últimos años el Poder Judicial, en su función de administrar justicia, viene confundiendo los derechos constitucionales de acceso al trabajo y de protección adecuada contra el despido arbitrario, con el derecho a una estabilidad laboral absoluta, que la Constitución no contempla.

El gremio industrial afirmó que algunos de los fallos emitidos por el en materia laboral han "modificado" la Legislación Laboral Peruana, a través de sus interpretaciones, haciéndola aún más rígida y convirtiéndola en uno de las diez regímenes de empleo más inflexibles del mundo, según el último Ranking de Competitividad del World Economic Forum.

La SNI detalló, por ejemplo, que el tercer acuerdo adoptado en el V Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional, publicado el 4 de agosto de este año en el diario oficial El Peruano, ha establecido que en los casos de despido incausado y despido fraudulento, el trabajador tiene derecho a demandar la reposición en el empleo y, además, el pago de una indemnización de los daños y perjuicios sufridos, incluyendo daño emergente, lucro cesante y daño moral, y ejerciendo una labor legislativa han agregado un nuevo concepto denominado "sanción punitiva".

De este modo, los jueces deberán incluir el pago de una "sanción punitiva" indemnizatoria, no prevista en la ley laboral y que genera un sobrecosto equivalente al monto que la empresa dejó de pagar por concepto de AFP y/o ONP.

Este tipo de medidas, alertó la SNI, desincentivan la creación de puestos de trabajo formales, agravando el problema; lo que, a su vez, se evidencia en la cifra récord de más de 437,000 nuevos puestos de trabajo informales que se generaron en el último año.

"La informalidad laboral es un grave problema que afecta a la mayoría de peruanos; y luchar contra ella requiere del esfuerzo y la participación de todos los sectores de la sociedad. Confiamos en que el Poder Judicial actúe también con ese objetivo", invocó la SNI.