(Foto: Pixabay)
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El informó que entre sus propuestas para mejorar el procedimiento de está el eliminar el articulo 13 del reglamento actual para que los clientes que se den de baja, dejando deudas, no tengan impedimento para acceder a otro operador móvil.

Durante la audiencia pública para discutir las propuesta del regulador, Joseph Victoria Romero, jefe de Gestión Regulatoria Interna de América Móvil (), indicó que la empresa saluda la iniciativa de perfeccionar la normativa vigente sin embargo consideró que hay aspectos que deberían tomarse en cuenta al momento de elaborar el proyecto, como la tendencia a la digitalización y el proyecto de modificaciones de las condiciones de uso en el cual se aprueba un mecanismo de contratación.

No obstante, mostró su preocupación respecto a la morosidad en el sector ya que al eliminarse articulo 13 del reglamento las operadoras se quedan sin herramientas para combatir la morosidad.

"El artículo podría haber sido mejorado respecto de establecer alguna herramienta para las empresas operador que puedan permitir una efectiva gestión de cobranza puesto que la mayoría de las ofertas comerciales son diseñadas con mucha agresividad para portabilidad. Lamentablemente con la eliminación del articulo 13 dejan a las empresas sin una herramienta para combatir la morosidad", refiere.

En ese sentido, propuso que - al igual que en Chile- cuando existe una deuda por equipo terminal se faculte a las operadoras a bloquear el equipo. "Esa es una idea suelta que sería importante se tenga en consideración o se evalúe alguna otra", mencionó.

Por su parte, Ana Quintanilla, gerente de Estrategia Regulatoria de Telefónica (), señaló que lo que se debe asegurar que la no implique mantener deudas con operador anterior.

"En la Portabilidad Numérica peruana el cliente puede cambiarse de operador dejando deudas del servicio e incumplir el contrato de subsidio (deuda) de su teléfono móvil. Esto no ocurre en países como Chile y Colombia en los que es requisito que el cliente se encuentre al día en sus pagos para ejecutar la portabilidad, sin que ello haya significado una pérdida de dinamismo en dichos mercados", comenta.

Además advierte que, como ocurre en el sector financiero, una morosidad mayor encarece el servicio ofrecido y, por tanto, impacta en el bolsillo de los clientes. "Si el riesgo de no recuperar el subsidio por el equipo móvil vendido al cliente se incrementa, las tendrán menos incentivos para subsidiar equipos. De ocurrir ello, se encarecerá el acceso a los smartphones, lo que dificultará el incremento de la penetración de estos dispositivos, tan relevantes para la masificación de la banda ancha móvil", insistió.

A favor de la propuesta de Osiptel
A diferencia de sus competidores, se mostró a favor de la propuesta del regulador. Nino Boggio, gerente Central de Legal, Regulatorio y Relaciones Institucionales de , resaltó a gestion.pe que el mecanismo de suspensión por deuda de servicio se origina en el operador cedente. Por lo tanto, "es discriminatorio porque no existe esa misma herramienta para un cliente que viene sin traer su número pero que también tiene deuda una en el operador".

En ese sentido dijo que las operadoras cedentes cuentan con sistemas de cobranzas, "el cliente portado siempre va a tener un número activo al cual el cedente puede ubicar para continuar con las acciones de cobranza (...) La acción de solicitar la suspensión del servicio genera un malestar en el cliente cuando ya está en otra empresa con la que no tiene nada ver con la deuda anterior", reiteró.

En ese sentido, dijo que no ven riesgos de aumentar la morosidad. "Además son deudas que por lo general se originan por dos meses de no pago, y el siempre está facultado a cortar el servicio cuando el cliente estuvo en su red. Otro tema es si te suspendo el equipo mas no el servicio, lo cual es válido pero que no tiene nada que ver con la portabilidad", agregó.

"Si uno decide subsidiar algo es el riesgo que uno asume. En Entel no subsidiamos, nosotros financiamos; es un contrato aparte del servicio. 
Es una propuesta (el bloqueo de equipos) que se puede evaluar, pero no en el marco del reglamento de portabilidad", concluyó el ejecutivo.

A su turno, Sergio Sifuentes, gerente general de Osiptel dijo que la empresa que acoge al cliente deudor puede solicitar la suspensión hasta por 30 días hasta que cancele la deuda (la norma actual). "Es una suspensión del servicio del receptor solo por 30 días como una variable, pero que no soluciona el problema de la deuda. Además, más del 90% de la deudas no corresponden a usuarios que se han portado, corresponde a usuarios que se han dado de baja por diversas razones", precisó.

"El operador de origen tendrá que encargarse de hacer una correcta evaluación de sus clientes y si un usuario se va ya sea por cancelación o por portabilidad, encargarse de activar su mecanismo de cobranza para encargarse de cobrar lo que el usuario le deba", mencionó.​

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