Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público () informó que (APMT) no ha remitido al regulador una propuesta para desarrollar un proyecto que le permita manejar carga de minerales a través de contenedores.

Según declaraciones de ejecutivos de APMT, el Ositran les impide llevar a cabo un proyecto de esta naturaleza y evaluaban interponer una demanda arbitral contra el organismo regulador.

[ Lea también "Faja de minerales del Callao sumará tres millones de toneladas embarcadas en su primer año de operaciones"https://gestion.pe/empresas/faja-minerales-callao-sumara-tres-millones-toneladas-embarcadas-su-primer-ano-operaciones-2130536 ]

Al respecto, el regulador informó que la única solicitud relacionada con carga de minerales presentada al regulador por parte de APMT, data del 23 de setiembre de 2014, cuando este concesionario solicitó al Ositran el inicio del procedimiento de desregulación tarifaria del Servicio Estándar a la Carga Sólida a Granel – Concentrados de Mineral.

Indicó que en respuesta a dicha solicitud, el 4 de diciembre de 2014 el Consejo Directivo de Ositran declaró improcedente la desregulación tarifaria, ya que conforme a la cláusula 8.1 del Contrato de Concesión de APMT, el servicio de embarque de minerales a granel debe ser prestado en el Terminal Norte Multipropósito, sólo en tanto no se encuentre operativo el Terminal Especializado de Embarque de Concentrados de Minerales.

En tal sentido, Ositran señaló que una vez iniciadas las operaciones de Transportadora Callao, APMT ya no puede embarcar concentrados de minerales.

Acorde con ello, el regulador informó que para estructurar el proyecto del Terminal Muelle Norte, ProInversión consideró en el correspondiente modelo financiero, que la provisión de servicio de carga a granel de minerales se daría en el Muelle Norte sólo hasta el año 2012, puesto que el inicio de operaciones del nuevo terminal de embarque de minerales estaba previsto para el 1 de enero de 2013.

Adicionalmente, se informó que Transportadora Callao ha notificado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), que si otorgara a APMT una habilitación para embarcar carga de minerales, ello le generaría un grave perjuicio económico, el cual debería ser compensado por el Estado peruano.

El regulador sostuvo que tanto el Concedente (MTC) como APMT, están informados de que no es posible discutir a través del arbitraje la decisión adoptada por Ositran en ejercicio de su función reguladora.

La única vía para ello es el proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial, de conformidad con la Ley N° 27838, así como la Ley de Asociaciones Público Privadas.

"En tal sentido, las declaraciones efectuadas por APMT no se ajustan al Contrato de Concesión ni al marco legal vigente", señaló el regulador en un comunicado.